RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 24 de Noviembre de 2.021

RESOLUCIÓN N° 118

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente N° 125 - 277.519/2.020 - 1 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Licitación Pública N° 04/21, para la contratación de la obra “OPTIMIZACIÓN DEL SERVICIO DE LA CALDERILLA - NUEVA RED DISTRIBUIDORA - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a mediante Resolución N° 59/21 del Ministerio de Infraestructura (fs. 106/107), se dispone el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 95.899.772,97 (pesos noventa y cinco millones ochocientos noventa y nueve mil setecientos setenta y dos con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 110/147, mediante Resolución N° 45/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Licitación Pública N° 04/21 para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 158, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones de llamado a la Licitación Pública en un diario de circulación local y a fs. 159/160 en el Boletín Oficial, a fs. 178 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de Julio de 2.021 (fs. 180/182), presentaron sus ofertas 04 (cuatro) empresas: “ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L.”, “SEMACO S.A.”, “NORTE ARIDOS S.R.L.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 613/616, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 45/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles en cuanto a los requisitos formales a las ofertas presentadas por las empresas: “NORTE ARIDOS S.R.L.” , “ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L.”, “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.” y “SEMACO S.A.”, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que todas las ofertas admisibles, cumplen con los requisitos técnico constructivos exigidos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficiente para esta obra, presentan sus planillas de cómputos y presupuestos y sus análisis de precios razonables, sus planillas de datos garantizados completas respecto a las calidades de los equipamientos y artefactos requeridos y respetan los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “NORTE ARIDOS S.R.L.”, en la suma de $ 114.372.450,98 (pesos ciento catorce millones trescientos setenta y dos mil cuatrocientos cincuenta con 98/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, que representa un 7,04 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente luego de cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 617/624, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten observaciones o impugnaciones al mismo;

Que a fs. 627 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación definitiva del gasto de fs. 92;

Que a fs. 628/629 vta., mediante Dictamen N° 278/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete,, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 630, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 45/21;

Que a fs. 641/643, se agrega Addenda al Convenio Especifico de Cooperación y Financiación firmada el día 04 de noviembre de 2.021 para la Ejecución del Proyecto en curso, suscripto entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Salta;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Licitación Pública N° 04/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución N° 59/21 del Ministerio de Infraestructura, para la ejecución de la obra “OPTIMIZACIÓN DEL SERVICIO DE LA CALDERILLA - NUEVA RED DISTRIBUIDORA - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 95.899.772,97 (pesos noventa y cinco millones ochocientos noventa y nueve mil setecientos setenta y dos con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “NORTE ARIDOS S.R.L.”, “ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L.”, “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.” y “SEMACO S.A.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley 8.072, adjudicar a la empresa “NORTE ARIDOS S.R.L.”, CUIT N° 30-71447581-5, la ejecución de la obra “OPTIMIZACIÓN DEL SERVICIO DE LA CALDERILLA - NUEVA RED DISTRIBUIDORA - DPTO. LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 114.372.450,98 (pesos ciento catorce millones trescientos setenta y dos mil cuatrocientos cincuenta con 98/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14° del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “NORTE ARIDOS S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 95.899.772,97 al Curso de Acción: 092007147201 - Financiamiento: PROARSA (23113) - Proyecto: 396 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas, en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2022, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 del Decreto Ley N° 705/1.957.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




F. V/C N° 0012 - 00003978
Orden de Publicación: 100090039
Importe: $2.539,00
Fecha/s de publicación: 30/11/2021

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