RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 25 de Enero de 2022

RESOLUCIÓN N° 43

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 97.515/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 100/21, para la contratación de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN B° PARQUE - LOCALIDAD DE LAS LAJITAS - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 173/174, mediante Resolución S.O.P. N° 498/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 10.674.009,94 (pesos diez millones seiscientos setenta y cuatro mil nueve con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 178/200, mediante Resolución N° 107/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 209 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 207/208 en el Boletín Oficial, a fs. 210 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 08 de Noviembre de 2.021 (fs. 227/228), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “CIPROE S.R.L.”, “CTL ARGENTINA S.R.L.” y “CEyBA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 371/374, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 107/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “CTL ARGENTINA S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° incs. i), l) y ñ) del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisibles en lo relativo a los requisitos formales a las ofertas presentadas por las empresas “CIPROE S.R.L.” y “CEyBA S.R.L.” pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, se ajustan a los requerimientos técnico constructivos exigidos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, cumplen con la planillas de Datos Garantizados, resultan coherentes sus planes de trabajo, la metodología propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a las empresas “CEyBA S.R.L.”, en la suma de $ 15.604.651,48 (pesos quince millones seiscientos cuatro mil seiscientos cincuenta y uno con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, que representa un 18,88 % superior al presupuesto oficial actualizado con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 375/380, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que sin perjuicio de la recomendación efectuada por la Comisión Evaluadora, a fs. 384/385, el Secretario de Obras Públicas solicita a la empresa preadjudicada una mejora de su oferta, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 8072;

Que a fs. 386/390, la empresa CEyBA S.R.L. presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de propuesta, la planilla de cómputo y presupuesto y el análisis de precios correspondiente;

Que a fs. 393, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, manifiesta que dicha mejora se materializa disminuyendo el porcentaje correspondiente a Gastos Generales y Beneficios de 12.0 % a 8 % y de 10 % a 6.0 %, en consecuencia la oferta mejorada queda en la suma de $ 14.645.349,13 (pesos catorce millones seiscientos cuarenta y cinco mil trescientos cuarenta y nueve con 13/100) oferta que supera el presupuesto oficial actualizado en un 11,57 %;

Que a fs. 394/395, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 396/397, mediante Dictamen N° 375/21, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P., toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 398, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 171/21;

>Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 100/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 498/21 para la ejecución de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN B° PARQUE - LOCALIDAD DE LAS LAJITAS - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 10.674.009,94 (pesos diez millones seiscientos setenta y cuatro mil nueve con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible la oferta de la empresa “CTL ARGENTINA S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “CEyBA S.R.L.” y “CIPROE S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.07, adjudicar a la empresa “CEyBA S.R.L.”, CUIT N° 30-70803201-4, la ejecución de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN B° PARQUE - LOCALIDAD DE LAS LAJITAS - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 14.645.349,13 (pesos catorce millones seiscientos cuarenta y cinco mil trescientos cuarenta y nueve con 13/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CEyBA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 1.479.192,46 al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021, y hasta la suma de $ 3.202.202,98 al Curso de Acción: 092007159604 - Financiamiento: A.E. Argentina hace (299) - Proyecto: 708 - Unidad Geográfica: 7 - Ejercicio: 2.021.

ARTICULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004404
Orden de Publicación: 100091423
Importe: $4.130,00
Fecha/s de publicación: 31/01/2022

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