SALTA, 25 de Enero de 2022
RESOLUCIÓN N° 40
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente N° 125 - 189.103/21 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 117/21, para la contratación de la obra “CORDÓN CUNETA Y ADOQUINADO - LOCALIDAD GRAL. BALLIVIÁN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 76/77, mediante Resolución S.O.P. N° 601/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 20.213.680,41 (pesos veinte millones doscientos trece mil seiscientos ochenta con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 79/106, mediante Resolución N° 124/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 109 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 110 en el Boletín Oficial, a fs. 111 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;
Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 29 de Noviembre de 2.021 (fs. 141/142), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “SERVIOBRAS S.R.L.”, “3A S.R.L.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;
Que a fs. 226/229, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 124/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por incumplimiento al requisito dispuesto por el artículo 7° inc. ñ) del Pliego de Condiciones Particulares, y recomienda declarar admisibles en lo relativo a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “SERVIOBRAS S.R.L.” y “3A S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, se ajustan a los requerimientos técnico constructivos exigidos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, cumplen con la planillas de Datos Garantizados respaldadas con la folletería correspondiente, resultan coherentes sus planes de trabajo y reflejan también el cumplimiento de los valores de la mano de obra cotizada vigentes al momento de la apertura de sobres;
Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “3A S.R.L.”, en la suma de $ 24.993.138,72 (pesos veinticuatro millones novecientos noventa y tres mil ciento treinta y ocho con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, que representa un 7,82 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que a fs. 230/235, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;
Que a fs. 239/240, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;
Que a fs. 241/242 vta., mediante Dictamen N° 09/22, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P., toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;
Que a fs. 243, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 05/22;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 117/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 124/21 para la ejecución de la obra “CORDÓN CUNETA Y ADOQUINADO - LOCALIDAD GRAL. BALLIVIÁN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 20.213.680,41 (pesos veinte millones doscientos trece mil seiscientos ochenta con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “3A S.R.L.” y “SERVIOBRAS S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.
ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072 adjudicar a la empresa “3A S.R.L.”, CUIT N° 30-71484138-2, la ejecución de la obra “CORDÓN CUNETA Y ADOQUINADO - LOCALIDAD GRAL. BALLIVIAN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 24.993.138,72 (pesos veinticuatro millones novecientos noventa y tres mil ciento treinta y ocho con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “3A S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.
ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 6.064.104,12 al Curso de Acción: 092007159801 - Financiamiento: A.E. Argentina hace (299) - Proyecto: 717 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021, y hasta la suma de $ 1.433.837,50 al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.
ARTICULO 8º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.
ARTÍCULO 9º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De La Fuente