RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 28 de Enero de 2022

RESOLUCIÓN N° 47

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 187.942/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 122/21, para la contratación de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 165/167, mediante Resolución S.O.P. N° 629/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 38.422.640,71 (pesos treinta y ocho millones cuatrocientos veintidós mil seiscientos cuarenta con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 171/230, mediante Resolución N° 131/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 238 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 235 en el Boletín Oficial, a fs. 239 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 06 de Diciembre de 2.021 (fs. 257/258), presentaron sus ofertas 02 (dos) empresas: “ING. JULIO ERNESTO ROCHA” y “SERVIOBRAS S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 405/406, rola un primer informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 131/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual considera declarar admisible a las ofertas presentadas por las empresas “ING. JULIO ERNESTO ROCHA” y “SERVIOBRAS S.R.L.”. No obstante, la oferta mejor colocada del “ING. JULIO ERNESTO ROCHA”, cotiza valores considerablemente superiores a lo previsto en el presupuesto oficial. (Rubros 1,1, 2,2, 2,3, 6.3.1, 7.1.1, 7.2.1, 7.2.2, 7.2.3, 8,2, 8,5, 8,6, 8,7, 13.1.1, 13.1.2, 13.3.1, 13.6.1, 13.7.3, 14.1.1, 14.1.4, 14.1.9, 14.2.5, 14.2.7, 14.3.3, 14.4.2, 16.1, 17.4, 18.2.4, 18.3.1, 18.4.1, 18.4.2, 19.3, 19.7, 19.8, 20.1, 20.2), razón por la cual se solicita a la oferente, una mejora en las condiciones de su oferta, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13, quinto párrafo de la Ley N° 8072;

Que a fs. 409/483, la empresa ING. JULIO ERNESTO ROCHA, presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo Formulario de propuesta, cómputo y presupuesto, análisis de precios, plan de trabajo y curva de inversión y soporte magnético;

Que a fs. 484/486, rola el segundo informe de la Comisión de Preadjudicación, la cual recomienda declarar admisibles a las ofertas presentadas por las empresas: “ING. JULIO ERNESTO ROCHA” y “SERVIOBRAS S.R.L.”, con la mejora presentada, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, reúnen técnicamente los requerimientos de los pliegos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presentan su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relativo a la cotización de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ING. JULIO ERNESTO ROCHA”, en la suma de $ 43.996.400,97 (pesos cuarenta y tres millones novecientos noventa y seis mil cuatrocientos con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses, que representa un 10,38% inferior al presupuesto oficial actualizado, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 487/490, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 492 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación del gasto de fs. 159;

Que a fs. 493/495 vta., mediante Dictamen N° 12/22, la Asesoría Legal de la S.O.P. toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 496, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 11/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 122/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 629/21 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 38.422.640,71 (pesos treinta y ocho millones cuatrocientos veintidós mil seiscientos cuarenta con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas “ING. JULIO ERNESTO ROCHA” y “SERVIOBRAS S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14° de la Ley N° 8.072, a la empresa “ING. JULIO ERNESTO ROCHA”, CUIT N° 20-13016254-2, la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 43.996.400,97 (pesos cuarenta y tres millones novecientos noventa y seis mil cuatrocientos con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ING. JULIO ERNESTO ROCHA”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 12.500.000,00 al Curso de Acción: 092007159901 - Financiamiento: A.E. Argentina Hace (299) - Proyecto: 719 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022, para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/1.957.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004422
Orden de Publicación: 100091483
Importe: $4.690,00
Fecha/s de publicación: 03/02/2022

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