RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 28 de Enero de 2022

RESOLUCIÓN N° 45

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 187.959/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 127/21, para la contratación de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - B° SAN CALIXTO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 160/162, mediante Resolución S.O.P. N° 631/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 36.280.819,79 (pesos treinta y seis millones doscientos ochenta mil ochocientos diecinueve con 79/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 164/209, mediante Resolución N° 136/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 215 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 211 en el Boletín Oficial, a fs. 212 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 09 de Diciembre de 2.021 (fs. 230/231), presenta únicamente su oferta una empresa: “JMG CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 398/400, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 136/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, el cual recomienda declarar admisible a la oferta presentada por la empresa “JMG CONSTRUCCIONES S.R.L.”, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del pliego de Condiciones Particulares;

Que la Comisión Evaluadora entiende que las oferta de la empresa admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficiente para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resulta coherente su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “JMG CONSTRUCCIONES S.R.L.”, en la suma de $ 43.833.563,94 (pesos cuarenta y tres millones ochocientos treinta y tres mil quinientos sesenta y tres con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses, que representa un 5,44% inferior al presupuesto oficial actualizado, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 401/402, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presente impugnaciones al mismo;

Que a fs. 404 vta, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación del gasto de fs: 154;

Que a fs. 405/406 vta., mediante Dictamen N° 11/22, toma intervención la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 407, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 08/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 127/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 631/21 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - B° SAN CALIXTO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 36.280.819,79 (pesos treinta y seis millones doscientos ochenta mil ochocientos diecinueve con 79/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “JMG CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14° de la Ley N° 8.072, a la empresa “JMG CONSTRUCCIONES S.R.L.”, CUIT N° 30-71186491-8, la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 43.833.563,94 (pesos cuarenta y tres millones ochocientos treinta y tres mil quinientos sesenta y tres con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “JMG CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 11.500.000,00 al Curso de Acción: 092007159901 - Financiamiento: A.E. Argentina Hace (299) - Proyecto: 719 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022, para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/1.957.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004422
Orden de Publicación: 100091485
Importe: $3.990,00
Fecha/s de publicación: 03/02/2022

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