RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 31 de Enero de 2022

RESOLUCIÓN N° 61

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 220 - 33.416/12 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 99/21, para la contratación de la obra “NUEVO CENTRO DE SALUD N° 40 EN BARRIO 9 DE JULIO - 1a ETAPA SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 138/139, mediante Resolución S.O.P. N° 508/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 21.907.377,18 (pesos veintiún millones novecientos siete mil trescientos setenta y siete con 18/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 147/180, mediante Resolución N° 106/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 185 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 181 en el Boletín Oficial, a fs. 182 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 05 de Noviembre de
2.021 (fs. 201/202), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “SILIOTTO S.R.L.” y “CEyBA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 337/339, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 106/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “SILIOTTO S.R.L.” y “CEyBA S.R.L.”, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14° del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, reúnen técnicamente lo requerido en los pliegos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficiente para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a las cotizaciones de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a las empresas “CEyBA S.R.L.”, en la suma de $ 28.290.052,86 (pesos veintiocho millones doscientos noventa mil cincuenta y dos con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, que representa un 17,00 % superior al presupuesto oficial actualizado con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancias de fs. 340/343, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que sin perjuicio de lo expresado, a fs. 346/347, el Secretario de Obras Públicas solicita una mejora de las condiciones de su oferta a la empresa preadjudicada, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 8.072;

Que 348/356, la empresa CEyBA S.R.L. presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de propuesta, la planilla de cómputo y presupuesto y el análisis de precios correspondiente;

Que a fs. 359, la Dirección de Obras de Salud con el V° B° del Sr. Secretario de Obras Públicas, manifiesta que dicha mejora se efectuó sólo sobre los ítems Gastos Generales y Beneficios, disminuyendo el 2 % y 4 % respectivamente, lo cual resulta un disminución del 5,8 % en el total de la obra con respecto a la oferta original, por lo que considera que la mejora ofertada no modificaría la calidad de la obra, quedando la misma en la suma de $ 26.875.550,21 (pesos veintiséis millones ochocientos setenta y cinco mil quinientos cincuenta con 21/100), es decir en un 6,39 % superior al presupuesto oficial actualizado;

Que a fs. 359 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación del gasto de fs. 126;

Que a fs. 360/361, mediante Dictamen N° 10/22, toma intervención la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P., sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs.362, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 04/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 99/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 508/21 para la ejecución de la obra “NUEVO CENTRO DE SALUD N° 40 EN BARRIO 9 DE JULIO - 1a ETAPA - SALTA CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 21.907.377,18 (pesos veintiún millones novecientos siete mil trescientos setenta y siete con 18/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “CEyBA S.R.L.” y “SILIOTTO S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “CEyBA S.R.L.”, CUIT N° 30-70803201-4, la ejecución de la obra “NUEVO CENTRO DE SALUD N° 40 EN BARRIO 9 DE JULIO - 1a ETAPA - SALTA - CAPITAL”, por un monto de $ 26.875.550,21 (pesos veintiséis millones ochocientos setenta y cinco mil quinientos cincuenta con 21/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CEyBA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 6.353.140,00 al Curso de Acción: 081017031301 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 349 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.021.

ARTICULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004435
Orden de Publicación: 100091527
Importe: $4,690.00
Fecha/s de publicación: 07/02/2022

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