RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 28 de Enero de 2022

RESOLUCIÓN N° 58

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 187.919/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 126/21, para la contratación de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - GUACHIPAS - DPTO. GUACHIPAS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 167/169, mediante Resolución S.O.P. N° 632/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 38.422.640,71 (pesos treinta y ocho millones cuatrocientos veintidós mil seiscientos cuarenta con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 174/232, mediante Resolución N° 135/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 240 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 237 vta. en el Boletín Oficial, a fs. 241 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 09 de Diciembre de
2.021 (fs. 267/268), presentó su oferta únicamente una empresa: “ROMERO IGARZABAL S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 300/302, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 135/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales a la oferta presentada por la empresa: “ROMERO IGARZABAL S.R.L.”, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, reúne técnicamente los requerimientos de los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relativo a la cotización de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ROMERO IGARZABAL S.R.L.”, en la suma de $ 41.770.003,71 (pesos cuarenta y un millones setecientos setenta mil tres con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses, que representa un 14,91% inferior al presupuesto oficial actualizado, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 303/304, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presente impugnaciones al mismo;

Que a fs. 306 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación del gasto de fs. 161;

Que a fs. 307/309, mediante Dictamen N° 23/22, toma intervención la Asesoría Legal de la S.O.P., sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 310, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 16/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 126/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 632/21 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - GUACHIPAS - DPTO. GUACHIPAS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 35.811.811,73 (pesos treinta y cinco millones ochocientos once mil ochocientos once con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible la oferta de la empresa “ROMERO IGARZABAL S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14° de la Ley N° 8.072, a la empresa “ROMERO IGARZABAL S.R.L.”, CUIT N° 30-60659446-8, la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL - GUACHIPAS - DPTO. GUACHIPAS - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 41.770.003,71 (pesos cuarenta y un millones setecientos setenta mil tres con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 8 (ocho) meses contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ROMERO IGARZABAL S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 12.500.000,00 al Curso de Acción: 092007159901 - Financiamiento: A.E. Argentina Hace (299) - Proyecto: 719 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.022, para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/1.957.

ARTÍCULO 8 °.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004435
Orden de Publicación: 100091529
Importe: $4,025.00
Fecha/s de publicación: 07/02/2022

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