RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 1° de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN N° 64

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 298 - 132.960/18 - 1 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 97/21, para la contratación de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN HOSPITAL LA UNIÓN - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 146/147, mediante Resolución S.O.P. N° 518/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 57.631.549,82 (pesos cincuenta y siete millones seiscientos treinta y un mil quinientos cuarenta y nueve con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 149/186, mediante Resolución N° 104/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 198 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 193/194 en el Boletín Oficial, a fs. 195 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 03 de Noviembre de 2.021 (fs. 215/216), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, “SILIOTTO S.R.L.” y “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 438/440, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 104/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, “SILIOTTO S.R.L.” y “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cumplen con los requerimientos técnicos solicitados, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo, las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a las cotizaciones de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, en la suma de $ 74.932.881,01 (pesos setenta y cuatro millones novecientos treinta y dos mil ochocientos ochenta y uno con 01/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, que representa un 17,80 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 441/446, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que sin perjuicio de lo expresado, a fs. 451/452, el Secretario de Obras Públicas solicita una mejora de las condiciones de su oferta a la empresa preadjudicada, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 8072;

Que 453/494, la empresa SILIOTTO S.R.L. presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de propuesta, la planilla de cómputo y presupuesto y el análisis de precios correspondiente;

Que a fs. 496, la Dirección de Obras de Salud manifiesta que dicha mejora se efectuó solo sobre el ítem Beneficio llevando el mismo de 7,8 % a 4,5 % en la nueva propuesta, lo cual resulta un disminución del 3,37 % en el total de la obra con respecto a la oferta original, por lo que considera que la mejora ofertada no modificaría la calidad de la obra, quedando la misma en la suma de $ 72.788.227,88 (pesos setenta y dos millones setecientos ochenta y ocho mil doscientos veintisiete con 68/100), es decir en un 7,31% superior al presupuesto oficial actualizado a noviembre 2021;

Que a fs. 496 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación del gasto de fs. 142;

Que a fs. 497/500, mediante Dictamen N° 36/22, toma intervención la Asesoría Legal de la Secretaria de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 501, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 19/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 97/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 518/21, para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN HOSPITAL LA UNIÓN - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 57.631.549,82 (pesos cincuenta y siete millones seiscientos treinta y un mil quinientos cuarenta y nueve con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “SILIOTTO S.R.L.”, “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.” e “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, CUIT N° 30-70965076-5, la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN HOSPITAL LA UNIÓN - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 72.788.227,88 (pesos setenta y dos millones setecientos ochenta y ocho mil doscientos veintisiete con 68/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 13.144.500,00 al Curso de Acción: 081017017302 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 385 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004445
Orden de Publicación: 100091554
Importe: $4,690.00
Fecha/s de publicación: 08/02/2022

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