RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 2 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN N° 69

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 240.615/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 29/21, para la contratación de la obra “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE - ESCUELA LAS JUNTAS - DPTO. GUACHIPAS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 63/65, mediante Resolución S.O.P. N° 635/21, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 4.481.601,32 (pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y un mil seiscientos uno con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, a contratarse mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 73/74 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 71/72 en el Boletín Oficial, a fs. 118 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 03 de Diciembre de 2.021 (fs. 77), presentó su oferta únicamente la empresa “NEHUEN CONSTRUCCIONES DE BRAVO LUIS GUILLERMO”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 108/109, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 635/21, la cual recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “NEHUEN CONSTRUCCIONES DE BRAVO LUIS GUILLERMO”, pasando a la evaluación de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, verifica técnicamente lo solicitado, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad individual suficiente para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resulta coherente su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “NEHUEN CONSTRUCCIONES DE BRAVO LUIS GUILLERMO”, en la suma de $ 4.207.075,17 (pesos cuatro millones doscientos siete mil setenta y cinco con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, que representa un 9,67 % inferior al presupuesto oficial actualizado con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 110, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin impugnaciones al mismo;

>Que a fs. 112/115, mediante Dictamen N° 39/22, toma intervención la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 115 vta. y 116, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizo la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 117 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 18/22;

>Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 29/21, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, encomendado por Resolución S.O.P. N° 635/21 para la ejecución de la obra “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE - ESCUELA LAS JUNTAS - DPTO. GUACHIPAS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.481.601,32 (pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y un mil seiscientos uno con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa: “BRAVO LUIS GUILLERMO”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “NEHUEN CONSTRUCCIONES DE BRAVO LUIS GUILLERMO”, CUIT N° 20-33168434-2, la ejecución de la obra “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE - ESCUELA LA JUNTAS - DPTO. GUACHIPAS - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 4.207.075,17 (pesos cuatro millones doscientos siete mil setenta y cinco con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “BRAVO LUIS GUILLERMO”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007162601 - Financiamiento: Ley Nº 27429 (295) - Proyecto: 615 - Unidad Geográfica: 63 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004453
Orden de Publicación: 100091584
Importe: $3,640.00
Fecha/s de publicación: 09/02/2022

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