RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 08 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN GENERAL N° 4/2022

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

VISTO:

La Resolución General N° 30/1994 de esta Dirección General; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma se aprueba el sistema SARES 2000, actualmente administrado por el Subprograma Gestión Grandes Contribuyentes;

Que conforme a estudios realizados por esta Dirección General, deviene oportuno incorporar un nuevo grupo de contribuyentes y/o responsables al sistema mencionado, los que se detallan en Anexo, que forma parte de la presente Resolución;.

Por ello y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 5º, 6º, 7º y concordantes del Código Fiscal;



LA DIRECTORA GENERAL

DE RENTAS DE LA PROVINCIA

RESUELVE:



Artículo 1°.- Incorporar al sistema SARES 2000, aprobado por Resolución General N° 30/1994, administrado por el Subprograma Gestión Grandes Contribuyentes, a los contribuyentes y/o responsables incluidos en la nómina, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los sujetos comprendidos en dicha nómina deberán:

Realizar las presentaciones relativas a sus obligaciones tributarias conforme la Resolución de Dirección General N° 19/2014, presentando los formularios habilitados a tal efecto, mediante la transferencia electrónica de datos a través de la página web de la Dirección General de Rentas, de la Provincia de Salta (www.dgrsalta.gov.ar) utilizando el aplicativo SIPOT, (versión v.3.6 - RG N° 10/2019 y RG N° 2/2021) vigente o el que en el futuro lo reemplace, de conformidad a las fechas de vencimiento y con el procedimiento que para cada caso fije esta Dirección. Realizar los pagos de sus deudas tributarias en las sucursales del Banco Macro SA habilitadas a tal efecto, o vía internet a través de las modalidades habilitadas: Orden de Pago Electrónica (OPE), Orden de Pago Electrónica Interbanking, Tarjeta de Crédito - Débito (Macro-Click), Pago Mis Cuentas, Pagos Link o Pago Mis Cuentas (Generando la Deuda en Línea (VEP) por la página de la DGR para luego abonarla en el homebanking).

Artículo 3°.- Lo dispuesto será de aplicación para las obligaciones fiscales que se devenguen a partir del mes de marzo de 2022 con vencimiento en abril de 2022, para contribuyentes y/o responsables incluidos en el Anexo pertinente.

Artículo 4°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución General por parte de los contribuyentes y/o responsables, será pasible de las sanciones previstas en el artículo 37° y concordantes del Código Fiscal.

Artículo 5°.- Remitir copia de la presente Resolución a conocimiento de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía.

Artículo 6°.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



Uldry Fuentes



VER ANEXO


R. S/C N° 100011003
Orden de Publicación: 100091672
Importe: $0.00
Fecha/s de publicación: 11/02/2022

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