RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 3 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN N° 80

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 386 - 221.977/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 139/21, para la contratación de la obra “COMPLEJO DEPORTIVO Y TURÍSTICO LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 161/163, mediante Resolución S.O.P. N° 689/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 14.510.384,86 (pesos catorce millones quinientos diez mil trescientos ochenta y cuatro con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 165/197, mediante Resolución N° 151/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 204 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 206 en el Boletín Oficial y a fs. 207 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme ea Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de Diciembre de 2.021 (fs. 226), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.” y “DIEGO FRANCO VIVEROS”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 434/435, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 151/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.” y “DIEGO FRANCO VIVEROS”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, la empresa “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.” presenta precios unitarios en su análisis de precios muy elevados en relación a los precios de plaza, ascendiendo la oferta u 39,20 % respecto al presupuesto oficial actualizado, razón por la cual debería considerarse inconveniente a los interese del Estado y la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS” presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherente su plan de trabajo, la metodología propuesta y su equipamiento es suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la cotización de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS”, en la suma de $ 16.454.752,78 (pesos dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y dos con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, que representa un 3,15 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 436/439, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 442 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación del gasto de fs. 152;

Que a fs. 443/446, mediante Dictamen N° 57/22, la Asesoría Legal de la S.O.P., toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 447, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 40/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 139/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 689/21, para la ejecución de la obra “COMPLEJO DEPORTIVO Y TURÍSTICO LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 14.510.384,86 (pesos catorce millones quinientos diez mil trescientos ochenta y cuatro con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar inconveniente a la oferta de la empresa “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.” y admisible a la oferta de la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de los dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8072, adjudicar a la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS”, CUIT N° 20-29586286-7, la ejecución de la obra “COMPLEJO DEPORTIVO Y TURÍSTICO LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 16.454.752,78 (pesos dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y dos con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 5.800.000,00 al Curso de Acción: 092007159801 - Financiamiento: A.E. Argentina hace (299) - Proyecto: 717 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTICULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004487
Orden de Publicación: 100091677
Importe: $4,235.00
Fecha/s de publicación: 11/02/2022

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