RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 01 de Febrero del 2022

RESOLUCIÓN N° 05

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente N° 125 - 277.517/2.020 Cpde. 1 y agregados.

VISTO el procedimiento de Licitación Pública N° 03/21, para la contratación de la obra “CAPTACIÓN ACUEDUCTO Y PLANTA POTABILIZADORA EN LA LOCALIDAD DE RIO PIEDRAS - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 158/159, mediante Resolución N° 47/21 del Ministerio de Infraestructura, se dispone el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 76.828.310,67 (pesos setenta y seis millones ochocientos veintiocho mil trescientos diez con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.021, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 175/216, mediante Resolución N° 40/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Licitación Pública para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 167, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 166 en el Boletín Oficial, a fs. 168 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 23 de Julio de 2.021 (fs. 267/268), presentaron sus ofertas 04 (cuatro) empresas: “AL INGENIERIA S.R.L.”, “JC SEGURA CONSTRUCCIONES S.A.”, “CE Y BA S.R.L.” y “NORTE ARIDOS S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 1.011/1.014, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 40/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa: “JC SEGURA CONSTRUCCIONES S.A.”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por los artículos 7° inciso p) del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisibles las ofertas de las empresas: “AL INGENIERIA S.R.L.”, “NORTE ARIDOS S.R.L.” y “CE Y BA S.R.L.”;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que las ofertas admisibles, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficiente para esta obra, presenta su análisis de precios razonable y su planillas de datos garantizados completa respecto a las calidades y durabilidad requeridos, su plan de trabajos y metodología coherente y respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “AL INGENIERIA S.R.L.”, en la suma de $ 91.545.332,89 (pesos noventa y un millones quinientos cuarenta y cinco mil trescientos treinta y dos con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, que representa un 6,73 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 1.015/1.022, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 1.025 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación del gasto de fs. 138;

Que a fs. 1.026/1.027, mediante Dictamen N° 467/21, toma intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 1.028, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 03/21;

Que a fs. 1.032/1.034, se agrega Addenda al Convenio Especifico de Cooperación y Financiación firmada el día 12 de Enero de 2.022 para la Ejecución del Proyecto en curso, suscripto entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Salta;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 15 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Licitación Pública N° 03/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución 47/21 del Ministerio de Infraestructura para la ejecución de la obra “CAPTACIÓN ACUEDUCTO Y PLANTA POTABILIZADORA EN LA LOCALIDAD DE RIO PIEDRAS - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 76.828.310,67 (pesos setenta y seis millones ochocientos veintiocho mil trescientos diez con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.021, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible la oferta de la empresa “JC SEGURA CONSTRUCCIONES S.A.”, por incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7° inciso p) del Pliego de Condiciones Particulares, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “AL INGENIERIA S.R.L.”, “NORTE ARIDOS S.R.L.” y “CE Y BA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- Adjudicar a la empresa “AL INGENIERIA S.R.L.”, CUIT N° 30­-70950112-3, la ejecución de la obra “CAPTACIÓN ACUEDUCTO Y PLANTA POTABILIZADORA EN LA LOCALIDAD DE RIO PIEDRAS - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 91.545.332,89 (pesos noventa y un millones quinientos cuarenta y cinco mil trescientos treinta y dos con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa "AL INGENIERIA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 76.828.310,67 al Curso de Acción: 092007147201 - Financiamiento: PROARSA (23113) - Proyecto: 396 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTICULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




F. V/C N° 0012 - 00004558
Orden de Publicación: 100091915
Importe: $4.655,00
Fecha/s de publicación: 22/02/2022

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