CUARTA DIMENSIÓN SRL - AMPLIACIÓN DE OBJETO SOCIAL, MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3 DEL ESTATUTO
Mediante Acta de Reunión de Socios de fecha 5/1/22 los socios aprobaron la ampliación del objeto social modificando el artículo tercero del estatuto social, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: TERCERA - La sociedad se tendrá por objeto dedicarse dentro o fuera del territorio del país, ya sea por cuenta propia o de terceros, o asociada con terceros, a las siguientes operaciones: La promoción de todo tipo de actividades relacionadas con la producción, generación, compra, venta, alquiler, distribución de energía eléctrica, térmica, solar, o a fines, a partir de fuentes de energía renovables, a cuyo efecto podrá constituir, adquirir, detentar y comercializar en el país o exterior bienes, productos, servicios y asesoramiento con su propia marca o de terceros, generar y/o comercializar electricidad sustentable, construcción, generación y explotación de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, como así también prestar todos los servicios involucrados directa o indirectamente a los fines señalados anteriormente, la producción audiovisual para la realización de contenidos institucionales, creativos y publicitarios, como así también la constitución, edificación, urbanización, rehabilitación, planeación, programación, proyección conservación y mantenimiento de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura ya sean de carácter público y /o privado, y en general la realización de toda clase de trámites relacionados directa o indirectamente con los fines ya señalados, cualquiera que sea su clase, índole, especie o naturaleza, incluyendo la realización de obras complementarias, conexas y accesorias. 2) Gestionar, promover y llevar a cabo y ejecutar toda clase de desarrollos inmobiliarios, prestando asistencia técnica y supervisión en toda clase de obras de ingeniería, arquitectura y en todo tipo de construcciones y desarrollos, incluyendo todo tipo de obras civiles y de ingeniería necesarias. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones, prestar los servicios y contrataciones que le fueran necesarios y realizar todas clases de actos que no estén prohibidos por las leyes y por este estatuto, y cualquier otro contrato o convención nominada o innominada.
Figueroa, JEFE DE PROGRAMA JURÍDICO