El Dr. Pablo Muiños, Juez del Juzgado de 1ra Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de 1ra Nominación (en feria), Secretaría de la Dra. Claudina Xamena, en autos caratulados LIENDRO, YANINA MIRIAN POR QUIEBRA INDIRECTA, EXPTE. N° EXP - 762092/22, ordena la publicación de edictos, por el término de cinco días en el Boletín Oficial y un Diario de circulación comercial, a los siguientes efectos: 1) DECLARAR en estado de quiebra de la Sra. Yanina Miriam Liendro, DNI N° 32.966.023 con domicilio real en Chacabuco 949, piso 1, Dpto. “B”, de esta Ciudad, y procesal constituido en Esteco 155. 2) DISPONER la prohibición de hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento a los que se hicieran de no quedar liberados por los mismos por ineficaces (art. 88 inc. 5°, LCQ). 3) ORDENAR a la fallida a hacer entrega directa al Síndico de todos sus bienes, previa descripción e inventario, tanto de los que se encuentren en su poder como en el de terceros, en un plazo de 48 hs. desde la toma de posesión de cargo del Síndico, BAJO APERCIBIMIENTO DE DESOBEDIENCIA JUDICIAL (arts. 88 inc. 3° y 177 inc. 2° de la LCQ). 4) INTIMAR a los terceros a hacer entrega inmediata a la Sindicatura de los bienes que, perteneciendo a la fallida, obraren en su poder (art. 88 inc. 3° y 177 inc. 1°, LCQ). 5) FIJAR el día 14 de marzo de 2022, o el siguiente día hábil si este fuere feriado, como vencimiento del plazo hasta el cual los acreedores posteriores a la presentación en concurso podrán presentar al Síndico sus pedidos de verificación, pudiendo hacerlo por vía incidental, sin costas, salvo improcedencia manifiesta. (art. 202 LCQ). 6) FIJAR el día 2 de mayo de 2022 como límite para que la Sindicatura presente el Informe Individual de créditos (35, 200 y concs. LCQ). 7) DEJAR ESTABLECIDO que Sindicatura deberá presentar el Informe General de créditos hasta el día 16 de junio de 2022 (art. 39, 200 y concs. LCQ). 8) Asimismo se hace saber que con la entrada en vigencia de la Ley 27.170 se ha procedido a la modificación de los artículos 32. 200 y 268 de la LCQ. Correspondiendo establecer el monto del arancel de ley en la suma de $3.200,00.
SALTA, 11 de Enero de 2022.
Xamena Zárate Claudina Del Valle, SECRETARIA