SALTA, 13 de Enero de 2022
RESOLUCIÓN N° 13
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente N° 125 - 237.564/21 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 131/21, para la contratación de la obra “PLAN DE MÍNIMA DE DEFENSAS, CONTROL DE EROSIÓN Y ENCAUZAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE SALTA - 2021/2022 - ZONA 3 - MUNICIPIOS DE IRUYA Y SANTA VICTORIA OESTE - DPTOS. IRUYA Y SANTA VICTORIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 117/118, mediante Resolución S.O.P. N° 638/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 23.406.018,50 (pesos veintitrés millones cuatrocientos seis mil dieciocho con 50/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, mediante la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 117/142, mediante Resolución N° 140/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 156 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 157 en el Boletín Oficial y a fs. 158 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto reglamentario N° 1.319/18;
Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 13 de Diciembre de (fs. 169/170), presentó su oferta solamente una empresa: “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;
Que a fs. 238/240, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 140/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible formalmente a la oferta presentada por la empresa: “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que al respecto, la Comisión evaluadora entiende que la oferta de la empresa ROJO CONSTRUCTORA S.R.L., cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad individual suficiente para esta obra, presenta sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resulta coherente su plan de trabajo, la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, su planilla de datos garantizados correcta para su aceptación, refleja el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida y cumple con los requisitos técnicos constructivos requeridos;
Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, en la suma de $ 24.841.821,04 (pesos veinticuatro millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos veintiuno con 04/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, que representa un 6,13% superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta admisible y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que según constancias de fs. 241/242, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;
Que a fs. 244 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación presupuestaria del gasto fs. 99;
Que a fs. 245/246 vta., mediante Dictamen N° 07/22, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;
Que a fs. 247, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 06/22;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 131/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 638/21 para la ejecución de la obra “PLAN DE MÍNIMA DE DEFENSAS, CONTROL DE EROSIÓN Y ENCAUZAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE SALTA - 2021/2022 - ZONA 3 - MUNICIPIOS DE IRUYA Y SANTA VICTORIA OESTE - DPTOS. IRUYA Y SANTA VICTORIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 23.406.018,50 (pesos veintitrés millones cuatrocientos seis mil dieciocho con 50/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2º.- Declarar admisible la oferta de la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.
ARTÍCULO 3º.- En el marco del artículo 14 de la Ley 8.072, adjudicar a la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, CUIT N° 33-71432440-9, la ejecución de la obra “PLAN DE MÍNIMA DE DEFENSAS, CONTROL DE EROSIÓN Y ENCAUZAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE SALTA - 2021/2022 - ZONA 3 - MUNICIPIOS DE IRUYA Y SANTA VICTORIA OESTE - DPTOS. IRUYA Y SANTA VICTORIA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 24.841.821,04 (pesos veinticuatro millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos veintiuno con 04/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente resolución.
ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 10.000.000,00 al Curso de Acción: 092008054902- Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 583 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.
ARTÍCULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.022, para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/1.957.
ARTÍCULO 8º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De La Fuente