SALTA, 13 de Enero de 2022
RESOLUCIÓN N° 12
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 237.557/21 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 130/21, para la contratación de la obra “PLAN DE MÍNIMA DE DEFENSAS, LIMPIEZA Y ENCAUZAMIENTO DE LA PROVINCIA DE SALTA - 2021/2022 - ZONA 2 - MUNICIPIOS DE EMBARCACIÓN, SALVADOR MAZZA Y TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 166/168, mediante Resolución S.O.P. N° 622/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 28.216.014,55 (pesos veintiocho millones doscientos dieciséis mil catorce con 55/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, mediante la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 170/190, mediante Resolución N° 139/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 191 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 192 en el Boletín Oficial y a fs. 193 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;
Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 13 de Diciembre de (fs. 216/217), presentó su oferta solamente (una) empresa: “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;
Que a fs. 304/305, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 139/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible en lo relativo a los requisitos formales a la oferta presentada por la empresa: “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L., cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en la especialidad requerida suficiente para esta obra, presenta sus cotizaciones y análisis de precios razonables, verifican el equilibrio de su estructura, los valores y rendimientos fijados con los estándares reales de producción de mano de obra y de equipos propuestos, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;
Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, en la suma de $ 24.899.620,34 (pesos veinticuatro millones ochocientos noventa y nueve mil seiscientos veinte con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, que representa un 11,75 % inferior al presupuesto oficial actualizado con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta admisible y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que según constancias de fs. 306/307, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;
Que a fs. 309 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación presupuestaria del gasto fs. 152;
Que a fs. 310/311 vta., mediante Dictamen N° 08/22, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;
Que a fs. 312, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 07/22;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 130/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 622/21 para la ejecución de la obra
“PLAN DE MÍNIMA DE DEFENSAS, LIMPIEZA Y ENCAUZAMIENTO DE LA PROVINCIA DE SALTA - 2021/2022 - ZONA 2 - MUNICIPIOS DE EMBARCACIÓN, SALVADOR MAZZA Y TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 28.216.014,55 (pesos veintiocho millones doscientos dieciséis mil catorce con 55/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2º.- Declarar admisible la oferta de la empresa “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.
ARTÍCULO 3º.- En el marco del artículo 14 de la Ley 8.072, adjudicar a la empresa “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, CUIT N° 30-71500760-2, la ejecución de la obra “PLAN DE MÍNIMA DE DEFENSAS, LIMPIEZA Y ENCAUZAMIENTO DE LA PROVINCIA DE SALTA - 2021/2022 - ZONA 2 - MUNICIPIOS DE EMBARCACIÓN, SALVADOR MAZZA Y TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 24.899.620,34 (pesos veinticuatro millones ochocientos noventa y nueve mil seiscientos veinte con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $10.000.000,00 al Curso de Acción: 092008054902- Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 583 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.
ARTÍCULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.022, para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/1.957.
ARTÍCULO 8º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De La Fuente