RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 17 de Enero de 2022

RESOLUCIÓN N° 21

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 95.628/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 84/21, para la contratación de la obra “POLIDEPORTIVO ALBERGUE PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 119/120, mediante Resolución S.O.P. N° 481/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 21.969.600,00 (pesos veintiún millones novecientos sesenta y nueve mil seiscientos) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de marzo de un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 122/141, mediante Resolución N° 89/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 148 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 149/150 en el Boletín Oficial, a fs. 151 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que por Resolución N° 96/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas (fs. 176/177), se prorroga la fecha de apertura de sobres de la Adjudicación Simple de la obra de referencia, como asimismo el plazo previsto para la adquisición del pliego hasta 3 (tres) días corridos antes de la fecha de apertura;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 26 de Octubre de 2.021 (fs. 241/242), presentaron sus ofertas 4 (cuatro) empresas: “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, “CYL S.R.L.” y “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

>Que a fs. 461/462, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 89/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “CYL S.R.L.” por incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7 incs. l), ñ) y o) del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisibles a las ofertas presentadas por las empresas: “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, y “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo, la metodología propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, en la suma de $25.105.465,28 (pesos veinticinco millones ciento cinco mil cuatrocientos sesenta y cinco con 28/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021 de que representa un 7,07 % inferior al presupuesto oficial actualizado con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

>Que a fs. 463/470, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 473 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación definitiva del gasto de fs. 68;

Que a fs. 474/475, mediante Dictamen N° 347/21, toma intervención la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P., sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 476, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 157/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 84/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 481/21 para la ejecución de la obra “POLIDEPORTIVO ALBERGUE PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 21.969.600,00 (pesos veintiún millones novecientos sesenta y nueve mil seiscientos con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible la oferta de la empresa: “CYL S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.” e “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, CUIT N° 30-70981835-6, la ejecución de la obra “POLIDEPORTIVO ALBERGUE PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 25.105.465,28 (pesos veinticinco millones ciento cinco mil cuatrocientos sesenta y cinco con 28/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 21.969.600,00 al Curso de Acción: 092007159603 - Financiamiento: A.E. Otros Fondos (29915) - Proyecto: 707 - Unidad Geográfica: 14 - Ejercicio: 2.021.

ARTICULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004324
Orden de Publicación: 100091208
Importe: $3.885,00
Fecha/s de publicación: 21/01/2022

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