RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 17 de Enero de 2022

RESOLUCIÓN N° 20

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 47 - 297.346/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 01/21, para la contratación de la obra “REFUERZO EN MURO MEDIANERO EN ESCUELA N° 4.017 - DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 149/150, mediante Resolución S.O.P. N° 487/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 2.669.842,97 (pesos dos millones seiscientos sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P. a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 161 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 153/154 en el Boletín Oficial, a fs. 269 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 21 de Octubre de 2.021 (fs. 255), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “SILIOTTO SRL” y “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SRL”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 271/272, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 487/21, la cual recomienda declarar admisibles a las ofertas presentadas por las empresas: “SILIOTTO SRL” y “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SRL”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas “SILIOTTO SRL” y “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SRL”, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica en arquitectura suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo, la metodología propuestas y sus equipamientos son suficientes y reflejan también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SRL”, en la suma de $ 3.030.805,25 (pesos tres millones treinta mil ochocientos cinco con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, que representa un 0,79 % mayor al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 273/274, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 275, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación definitiva del gasto de fs. 137;

Que a fs. 276/277 mediante Dictamen N° 382/21, toma intervención la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 278, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 140/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 01/21, llevado adelante por la Dirección de Obras de Educación de la Secretaria de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 487/21 para la ejecución de la obra “REFUERZO EN MURO MEDIANERO EN ESCUELA N° 4.017 - DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.669.842,97 (pesos dos millones seiscientos sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “SILIOTTO S.R.L.” e “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L”, CUIT N° 30-71574490-9, la ejecución de la obra “REFUERZO EN MURO MEDIANERO EN ESCUELA N° 4.017 - DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO -SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 3.030.805,25 (pesos tres millones treinta mil ochocientos cinco con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SRL”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27429 (295) - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.022, parala terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/1.957.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004324
Orden de Publicación: 100091209
Importe: $3.395,00
Fecha/s de publicación: 21/01/2022

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