AVISOS GENERALES



SALTA, 14 de Marzo de 2022



CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 3.532

VISTO
:

La Resolución General Nº 3.134 del 25 de marzo de 2019, mediante la cual, en su parte pertinente, se reglamenta el “REGISTRO DE ESTUDIOS DE CONTADORES - ARTÍCULO 253 DE LA LEY Nº 24.522”, en jurisdicción de este Consejo Profesional, conforme lo disponen el artículo 21 de la Ley Nacional Nº 20.488 y el artículo 2º de la Ley Provincial Nº 6.576;

Lo dispuesto por el artículo 75 de la citada Resolución Gene­ral, en relación a que en el momento de solicitar el Estudio de Contadores su inscripción en el Registro, deberán abonar un Derecho de Inscripción, el que deberá renovarse anualmente, cuya cuantía será igual al establecido para la misma;

La Resolución General  Nº 3.385 del 8 de febrero de 2021 mediante la cual se fija el valor del Derecho de Inscripción para los estudios que soliciten su inscripción en el Registro de Estudios de Contadores - artículo 253 de la Ley Nº 24.522; y

CONSIDERANDO:

Que corresponde se fije el valor del Derecho de Inscripción en el “Regis­tro de Estudios de Contadores - artículo 253 de la Ley Nº 24.522”.

POR TODO ELLO:

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Establecer el valor del Derecho de Inscripción en la suma de Pesos tres mil cien ($ 3.100) para los Estudios de Contadores que soliciten su inscripción en el Registro de Estudios de Contadores - artículo 253 de la Ley Nº 24.522

ARTÍCULO 2º:
Los Estudios de Contadores debe­rán hacer efectivo el Derecho de Inscripción establecido en el Artículo anterior, en el momento de soli­citar su incorporación al Registro respectivo. Dicha inscripción deberá renovarse anualmente, abonándose el derecho respectivo y fijándose para esta oportunidad como vencimiento el día 15 de abril de 2022.

ARTÍCULO 3º: La presente Resolución comenzará a regir a partir del día 1º de abril de 2022.

ARTÍCULO 4º: Derogar la Resolución General Nº 3.385 del 8 de febrero de 2021.

ARTÍCULO 5º: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia por un (1) día, dar a conocimiento de los profesionales matriculados, copiar y archivar.



Cr. Juan Pablo López López, PRESIDENTE - Cr. Enrique E. Calderón, PROSECRETARIO




F. N° 0011 - 00008945
Orden de Publicación: 100092840
Importe: $1.085,00
Fecha/s de publicación: 31/03/2022

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