NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS



AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE - A MEDINA PABLO SEBASTIAN - EXPEDIENTE AMT N° 238-65246/21



La Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta, hace saber, que en los autos caratulados "AMT Área de Registro y Habilitaciones - Licencias de Taxi sin realizar la Actualización Documental - 2020, se ha dispuesto notificar a MEDINA, PABLO SEBASTIAN, DNI N° 27.160.378, lo resuelto por Resolución AMT N° 828/21, de fecha 02 de diciembre de 2021, que establece lo siguiente: “Y VISTO: El Expediente N° 238-65246/21, caratulado: “AMT Área de Registro y Habilitaciones - Licencias de Taxi sin realizar la Actualización Documental - 2020”; la Ley N° 7322, la Resolución AMT N° 170/18, el Acta de Directorio N° 50/2021, y; CONSIDERANDO:.... EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE RESUELVE: ARTÍCULO 1°: APLICAR a MEDINA, PABLO SEBASTIAN, DNI N° 27.160.378. titular de la Licencia de TAXI N° 894, una multa a favor de la AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE consistente en 5 (cinco) Unidades de Sanción (US), es decir la suma de $ 21.250,00 (Pesos veintiún mil doscientos cincuenta con 00/100), por incumplimiento a lo dispuesto en el art. 15 inc. 1) 2) y 3) de la Resolución AMT N° 170/18 (infracciones al régimen de los permisos, autorizaciones, habilitaciones, o inscripción en el Registro de transporte - infracciones a las modalidades de explotación de los servicios - infracciones a las disposiciones vigentes en materia de vehículos, equipamiento, personal de conducción e instalaciones fijas), en el marco de lo dispuesto en el artículo 1 y concordantes del Reglamento del Servicio Público Impropio de Transporte de Salta, la Ley 7.322, en sus arts. 2, 4 y concordantes; y lo dispuesto en la Resolución AMT 211/13, que establece el Sistema de Control y Actualización Documental para los prestadores del Servicio Público Impropio de Transporte de Personas en la Región Metropolitana de Salta, en particular su Anexo, ello por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°: INTIMAR al Licenciatario a realizar el pago del monto establecido en el artículo anterior, dentro de un plazo de 15 (quince) días corridos a contar desde la notificación de la presente. El pago se considerará efectivizado una vez cancelado el mismo en los lugares habilitados para el cobro correspondiente, PREVIA EMISION DE LA BOLETA DE PAGO PERTINENTE POR AMT. ARTÍCULO 3°: REGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese y oportunamente archívese.

En contra de la presente Resolución procede pedido de Aclaratoria dentro del plazo de 3 (tres) días de notificada (art. 176 Ley Nº 5.348). Asimismo procede Recurso de Revocatoria (art. 4 inc. w Ley Nº 7.322 - art. 177 Ley Nº 5.348) en el plazo de 10 (diez) días posteriores a la notificación de la presente.

El presente edicto deberá ser publicado por 3 (tres) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, de conformidad a lo dispuesto en el art. 150 de la Ley Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta.



Salinas, ABOGADO - GERENTE JURÍDICO




F. V/C N° 0012 - 00004834
Orden de Publicación: 100092868
Importe: $4.410,00
Fecha/s de publicación: 01/04/2022, 04/04/2022, 05/04/2022

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