RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 14 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN N° 105

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 322 - 287.688/2.020-0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 18/21, para la contratación de la obra “REACONDICIONAMIENTO CENTRO ASISTENCIAL TINKU - SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 81/108, mediante Resolución S.O.P. N° 554/21, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 6.473.789,73 (pesos seis millones cuatrocientos setenta y tres mil setecientos ochenta y nueve con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Obras de Salud a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 158/159 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 160/161 en el Boletín Oficial, a fs. 162 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de Noviembre de 2.021 (fs. 170), presentó su única oferta la empresa “EUSEPI, LUIS ADÁN”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 242/244, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 554/21, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “EUSEPI, LUIS ADÁN”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 14 del P.C.P. al verificar que no cotiza mano de obra especializada en los Análisis de Precios correspondiente al Rubro 6 Instalación Electromecánica y al Rubro 9 Instalación Eléctrica, por lo que considerando la naturaleza de los trabajos y la incidencia económica y técnica de la ejecución de estas tareas en el total de la obra la oferta no reúne técnicamente lo requerido en los pliegos, y recomienda se declare al proceso selectivo como fracasado, atendiendo a los intereses del Estado provincial;

Que a fs. 245/246, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación al oferente;

Que a fs. 247/250, la empresa “EUSEPI, LUIS ADÁN”, en fecha 06/11/21 presenta informe de obra, mediante la cual pone de manifiesto
“que el ítem N° 6.1 referido a la “provisión y montaje ascensor camillero, con instalación eléctrica” de dicha obra en el Anexo 4, referido al análisis de precios en el sector referido A- Materiales a Incorporar en la Obra e insumos. Ascensor, se refiere a la puesta en obra con llave en mano y mano de obra con oficial especializado para realizar las tareas correspondiente". Asimismo, a fs. 251/252, la empresa manifiesta que se empleará mano de obra especializada sobre la mano de obra cotizada en ítems 6.1 y 9.1;

Que, en virtud de lo informado por la empresa oferente, la Comisión Evaluadora procedió al análisis de las incidencias de los ítems en cuestión, en vista de la esencia de los trabajos en pliegos. En tal sentido se le solicitó a la empresa documentación complementaria acerca de los datos garantizados para el insumo Ascensor y aclaración con respecto a la Planilla de Cómputo y Presupuesto de la Oferta;

Que en consecuencia, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa resulta admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presenta sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo, la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “EUSEPI, LUIS ADÁN”, en la suma de $7.508.664,22 (pesos siete millones quinientos ocho mil seiscientos sesenta y cuatro con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, que representa un 0,81 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 274/275, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación al oferente, sin impugnaciones al mismo;

Que a fs. 276/279, mediante Dictamen N° 61/22, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 279 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación definitiva del gasto de fs. 68;

Que a fs. 280, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 43/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 18/21, llevado adelante por la Dirección de Obras de Salud, encomendado por Resolución S.O.P. N° 554/21 para la ejecución de la obra “REACONDICIONAMIENTO CENTRO ASISTENCIAL TINKU - SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 6.473.789,73 (pesos seis millones cuatrocientos setenta y tres mil setecientos ochenta y nueve con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa: “EUSEPI, LUIS ADÁN”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “EUSEPI, LUIS ADÁN”, CUIT N° 20-25981390-6, la ejecución de la obra “REACONDICIONAMIENTO CENTRO ASISTENCIAL TINKU - SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 7.508.664,22 (pesos siete millones quinientos ocho mil seiscientos sesenta y cuatro con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “EUSEPI, LUIS ADÁN”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 6.473.789,73 al Curso de Acción: 081017033801 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 378 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004598
Orden de Publicación: 100092073
Importe: $4.921,00
Fecha/s de publicación: 04/03/2022

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