RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 08 de Febrero de 2.022

RESOLUCIÓN Nº 91

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 189 - 1.415/19-0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 129/21, para la contratación de la obra “CONSTRUCCIÓN PUESTO SANITARIO SALAR POCITOS - SAN ANTONIO DE LOS COBRES - DPTO. LOS ANDES - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 157/159, mediante Resolución S.O.P. Nº 617/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 29.060.292,02 (pesos veintinueve millones sesenta mil doscientos noventa y dos con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.021, un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 178/207, mediante Resolución Nº 138/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 165 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 161 en el Boletín Oficial, a fs. 162 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 10 de Diciembre de (fs. 216/217), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “JUAN JOSÉ ANTONIO PASTRANA”, “CEyBA S.R.L.” y “MARO S.A.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 592/595, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 138/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar a la oferta presentada por la empresa “MARO S.A.” por detectarse deficiencias insalvables en su propuesta en lo relacionado a los requisitos técnico constructivos, a saber:
a) se observa en su análisis de precios, respecto de los ítems: revoque grueso y fino a la cal exterior, revoque azotado c/hidrófugo; contrapiso s/terreno natural; provisión y colocación de espejos; cañería distribución de agua caliente con provisión termotanque solar; e instalaciones matafuegos para servicio contra incendio (fs. 433, 434, 435, 436, 457 y 459), que los precios totales consignados no coinciden con la sumatoria de sus componentes; b) los ladrillos huecos figuran con valor $ 0 en todos los análisis (fs. 431 y 433); c) los ítems correspondientes al zócalo exterior no contemplan hidrófugo (fs. 438/439); d) hay un error en el cálculo de gastos generales, beneficios, actividades económicas, e IVA, y por consiguiente, en la sumatoria total; e) en su plan de trabajos prevé la demolición del puesto sanitario existente al inicio de la obra, y recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “JUAN JOSÉ ANTONIO PASTRANA” y “CEyBA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, reúnen técnicamente lo requerido en los pliegos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo, la metodología propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “Juan José Antonio Pastrana”, en la suma de $32.633.278,45 (pesos treinta y dos millones seiscientos treinta y tres mil doscientos setenta y ocho con 45/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, que representa un 4,93 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 586/591, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 598 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación del gasto de fs. 145;

Que a fs. 599/602, mediante Dictamen N° 62/22, toma intervención la Asesoría Legal de la Secretaria de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 603, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 42/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 129/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 617/21 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN PUESTO SANITARIO SALAR POCITOS - SAN ANTONIO DE LOS COBRES - DPTO. LOS ANDES - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 29.060.292,02 (pesos veintinueve millones sesenta mil doscientos noventa y dos con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2021 con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “MARO S.A.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “JUAN JOSÉ ANTONIO PASTRANA” y “CEyBA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072 adjudicar a la empresa “JUAN JOSÉ ANTONIO PASTRANA”, CUIT N° 20-28071676­-7, la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN PUESTO SANITARIO SALAR POCITOS - SAN ANTONIO DE LOS COBRES - DPTO. LOS ANDES - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 32.633.278,45 (pesos treinta y dos millones seiscientos treinta y tres mil doscientos setenta y ocho con 45/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “JUAN JOSÉ ANTONIO PASTRANA”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 5.812.058,40 al Curso de Acción: 081017032901 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 548 - Unidad Geográfica - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 8º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 9º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004598
Orden de Publicación: 100092075
Importe: $4.942,00
Fecha/s de publicación: 04/03/2022

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