RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 24 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN Nº 136

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 108.553/2.021 -1 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 89/21, para la contratación de la obra “AMPLIACIÓN Y RECAMBIO DE REDES DISTRIBUIDORAS Y CONEXIONES - GRAL. BALLIVIÁN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 118/120, mediante Resolución S.O.P. N° 522/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 60.556.441,04 (pesos sesenta millones quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y uno con 04/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 122/153, mediante Resolución N° 95/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 156 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 157/158 en el Boletín Oficial, a fs. 159 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 25 de Octubre de 2.021 (fs. 182/183), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.” y “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 362/365, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 95/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por omitir la cotización de los ítems 2c y 2d, del Rubro II (CONEXIONES cant. 550 conx.), ya que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 7 inciso c) y articulo 10 inciso 3) del pliego de condiciones particulares, los oferentes deberán cotizar lo establecido en el pliego
“...las ofertas no pueden apartarse de las bases de la licitación aún por razones de calidad, pues sería impugnado -el acto- por lo demás oferentes por no ajustar sus propuestas a tales bases... los pliegos constituyen normas de interés general y por lo tanto son obligatorias para todos e incluso para la misma Administración"(PTN, Dictamen, 75:74; 61:73; 94:3)”; y recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales a la oferta presentada por la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible se ajusta a los requerimientos técnicos constructivos exigidos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resulta coherente su plan de trabajo, la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, cumple con la planilla de datos garantizados para los insumos y artefactos requeridos, observándose también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra solicitada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, en la suma de $ 74.438.072,52 (pesos setenta y cuatro millones cuatrocientos treinta y ocho mil setenta y dos con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, que representa un 9,19 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 366/369, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 371 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación preventiva del gasto de fs. 95;

Que a fs. 372/373, mediante Dictamen N° 379/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 374, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 139/21;

Que a fs. 375/378, se agrega Addenda al Convenio Especifico de Cooperación y Financiación firmada el día 21 de febrero de 2.022 para la Ejecución del Proyecto en curso, suscripto entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Salta;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 89/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 522/21 para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN Y RECAMBIO DE REDES DISTRIBUIDORAS Y CONEXIONES - GRAL. BALLIVIÁN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 60.556.441,04 (pesos sesenta millones quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y uno con 04/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, con un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible la oferta de la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, CUIT N° 30-71137270-5, la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN Y RECAMBIO DE REDES DISTRIBUIDORAS Y CONEXIONES - GRAL. BALLIVIÁN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 74.438.072,52 (pesos setenta y cuatro millones cuatrocientos treinta y ocho mil setenta y dos con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 30.000.000,00 al Curso de Acción: 092007147201 - Financiamiento: A.H. PROFESA (23121) - Proyecto: 396 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00004618
Orden de Publicación: 100092109
Importe: $5.054,00
Fecha/s de publicación: 07/03/2022

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