RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 17 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN N° 109

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 17.507/21 - 1 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 90/21, para la contratación de la obra “OBRA COMPLEMENTARIA Y RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA BARRIO EL CAMBIO - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA - ENOHSA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 101/102, mediante Resolución S.O.P. N° 516/21, se aprobó el legajo técnico para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $32.621.449,06 (pesos treinta y dos millones seiscientos veintiún mil cuatrocientos cuarenta y nueve con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 105/135, mediante Resolución N° 97/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 142, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 143/144 en el Boletín Oficial, a fs. 145 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 27 de Octubre de 2.021 (fs. 175/176), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “CYL S.R.L.” y “SAN PATRICIO S.A.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 362/363, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 97/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “CYL S.R.L.” y “SAN PATRICIO S.A.”, pasando al análisis de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en la especialidad de saneamiento suficientes para esta obra, presenta sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo, las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “CYL S.R.L.”, en la suma de $ 40.895.908,17 (pesos cuarenta millones ochocientos noventa y cinco mil novecientos ocho con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, que representa un 11,36 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 364/367, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 370 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación del gasto de fs. 100;

Que a fs. 371/372, mediante Dictamen N° 405/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 373, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 146/21;

Que según constancias (fs. 08/16), rola Convenio Especifico de Cooperación y Financiación para la Ejecución del Proyecto en curso suscripto entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaria de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Salta;

Que a fs. 374/377, se agrega Addenda al Convenio Especifico de Cooperación y Financiación firmada el día 20 de enero de 2.022 para la Ejecución del Proyecto en curso, suscripto entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Salta;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 90/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 516/21 para la ejecución de la obra “OBRA COMPLEMENTARIA Y RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA BARRIO EL CAMBIO - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 32.621.449,06 (pesos treinta y dos millones seiscientos veintiún mil cuatrocientos cuarenta y nueve con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “CYL S.R.L.” y “SAN PATRICIO S.A.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8072, adjudicar a la empresa “CYL S.R.L.”, CUIT N° 30-71427695-2, la ejecución de la obra “OBRA COMPLEMENTARIA Y RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA BARRIO EL CAMBIO - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 40.895.908,17 (pesos cuarenta millones ochocientos noventa y cinco mil novecientos ocho con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CYL S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 32.621.449,06 al Curso de Acción: 092007147201 - Financiamiento: A.H. PROFESA (23121) - Proyecto: 396 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTICULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente






F. V/C N° 0012 - 00004618
Orden de Publicación: 100092111
Importe: $4.648,00
Fecha/s de publicación: 07/03/2022

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