RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 22 de Abril de 2022

RESOLUCIÓN N° 241 - D/2022

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

VISTO
los pedidos formulados por las asociaciones de prestadores de salud de la Provincia de Salta para la recomposición del valor del BONO CONSULTA y el Acuerdo Salarial para el personal de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Provincial ha acordado la adecuación salarial de los distintos sectores de la Administración Pública Provincial; mediante acuerdo salarial del que surge un incremento del 14 % para el mes de febrero y del 9 % para el mes de abril del corriente año, sobre la base de enero de 2022;

Que las proyecciones económicas realizadas a fin de establecer el punto de equilibrio de gastos y calidad prestacional para los afiliados y beneficiarios del sistema que administra el Instituto Provincial de Salud de Salta, permiten planificar prestaciones equitativamente integrales, basadas en parámetros financieros y técnicos adecuados;

Que Gerencia Administrativa procedió a elaborar el informe técnico financiero pertinente, que cuenta con la aprobación de la Sra. Presidente del Directorio;

Que existe disponibilidad presupuestaria para hacer frente al gasto que demande la presente;

POR ELLO y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 7127;

EL DIRECTORIO DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2.022, el valor del BONO CONSULTA en la suma de PESOS MIL CINCUENTA Y DOS CON 79/100 ($1052,79).

ARTÍCULO 2°.- ESTABLECER, a partir del 1° de mayo de 2022, el valor del BONO CONSULTA en la suma de PESOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON 90/100 ($1135,90).

ARTÍCULO 3°.- Los valores indicados en los artículos precedentes regirán también, con igual vigencia, para los Bonos de Consultas ODONTOLÓGICAS, PSICOLÓGICAS y de NUTRICIÓN.

ARTÍCULO 4°.- DEJAR ESTABLECIDO que, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2022, el monto de copago del afiliado sobre el BONO CONSULTA será de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250,00) para los titulares y beneficiarios del Sector Activo y de PESOS DOSCIENTOS ($200,00) para los pertenecientes al Sector Pasivo, jubilados y pensionados.

ARTÍCULO 5°.- DEJAR ESTABLECIDO que, a partir del 1o de mayo de 2022,  el monto de copago del afiliado sobre el BONO CONSULTA será de PESOS DOSCIENTOS SETENTA ($270,00) para los titulares y beneficiarios del Sector Activo y de PESOS DOSCIENTOS VEINTE ($220,00) para los pertenecientes al Sector Pasivo, jubilados y pensionados.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al ejercicio presupuestario correspondiente.

ARTÍCULO 7°.- Notificar, efectuar las comunicaciones pertinentes, publicar en el Boletín Oficial, insertar en el Libro de Resoluciones y ARCHIVAR.



Sánchez, PRESIDENTA DEL DIRECTORIO - Herrera, DIRECTOR EJECUTIVO - Vicente, DIRECTOR




F. N° 0011 - 00009387
Orden de Publicación: 100093614
Importe: $1.330,00
Fecha/s de publicación: 28/04/2022

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