RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 27 de Abril de 2022

RESOLUCIÓN N° 284

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125-135.658/2020 -0 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 08/22, para la contratación de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 91/93, mediante Resolución S.O.P. N° 42/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 11.237.170,40 (pesos once millones doscientos treinta y siete mil ciento setenta con 40/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 95/113, mediante Resolución N° 12/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 120 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 121 en el Boletín Oficial y a fs. 122 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 24 de Febrero de 2.022 (fs. 139/140), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “JAVIER AUGUSTO FIGUEROA” y “CTL ARGENTINA S.R.L.” por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 205/206, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 12/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “JAVIER AUGUSTO FIGUEROA”, por no cumplimentar con la documentación requerida por el artículo 7 del Pliego de Condiciones Particulares, destacando además que no declaró la capacidad comprometida en su certificado de inscripción de contratista de obras públicas, conforme a lo requerido por el inciso j) del citado artículo y recomienda declarar admisible a la oferta presentada por la empresa “CTL ARGENTINA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, reúne técnicamente los requerimientos de los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relativo a la cotización de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “CTL ARGENTINA S.R.L.”, en la suma de $ 8.971.041,47 (pesos ocho millones novecientos setenta y un mil cuarenta y uno con 47/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por tener el menor precio ofertado y cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 207/210, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presente impugnaciones al mismo;

Que a fs. 219, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 220/221, mediante Dictamen N° 77/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 222, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 56/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 08/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 42/22 para la ejecución de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 11.237.170,40 (pesos once millones doscientos treinta y siete mil ciento setenta con 40/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible la oferta de la empresa “JAVIER AUGUSTO FIGUEROA”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa: “CTL ARGENTINA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “CTL ARGENTINA S.R.L.”, CUIT N° 30-71610502-0, la ejecución de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 8.971.041,47 (pesos ocho millones novecientos setenta y un mil cuarenta y uno con 47/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por tener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CTL ARGENTINA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007159801 - Financiamiento: A.E. Argentina Hace (299) - Proyecto: 946 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.



De la Fuente




F. V/C N° 0012 - 00005053
Orden de Publicación: 100093701
Importe: $4.130,00
Fecha/s de publicación: 29/04/2022

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