CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



PROSPERUS CORP. SA



Por escritura pública N° 199 de fecha 28 de diciembre de 2021, se constituyó la sociedad anónima denominada PROSPERUS CORP. SA, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en calle General Güemes N° 842 de esta ciudad de Salta Capital, provincia de Salta.

Socios: 1) Julio Ricardo Lavaque, DNI N° 25.998.501, CUIT/CUIL Nº 20-25998501-4, argentino, nacido el 12/06/77, de 43 años de edad, Profesión: ingeniero industrial, casado en primeras nupcias con Irina Muratore, y está bajo el sistema del régimen de separación de bienes, según nota marginal del Acta de matrimonio, con domicilio en ruta nacional N° 40 km. 4.340 de la localidad de Cafayate, departamento Cafayate, provincia de Salta; 2) Marcos Tomas De María, DNI N° 23.471.019, CUIT/CUIL Nº 20-23471019-3, argentino, nacido el 15/09/73, de 48 años de edad, Profesión: empresario, casado en primeras nupcias con Martina Curia, con domicilio en calle Monseñor Diego Pedraza N° 81 de la localidad de Cafayate, departamento Cafayate, provincia de Salta.

Plazo de Duración: 99 años desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: la sociedad tiene por objeto: realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro y/o fuera del país, las siguientes actividades: a) Financiera: conceder préstamos en moneda nacional o extranjera, personales, de consumo, comerciales, financiamientos, hipotecarios, prendarios y/o con garantías de fideicomisos o sin garantía, o créditos en general, a corto o largo plazo, de pago íntegro o amortizables. Solicitar préstamos ante bancos oficiales o privados, o cualquier otra institución de crédito nacional o internacional. Solicitar préstamos a personas humanas o jurídicas. Descontar, comprar y vender letras, pagarés, obligacio­nes negociables, prendas, warrants, facturas, facturas de créditos, cheques comunes o de pago diferido, giros y otros documentos negociables de cualquiera de los sistemas o mercados creados o a crearse. Otorgar avales, fianzas, u otras garantías, aceptar letras, giros y otras libranzas. Otorgar anticipos sobre créditos provenientes de ventas adquiridos, asumir sus riesgos, gestionar su cobro y prestar asistencia técnica y administrativa. Realizar inversiones en títulos públicos. Celebrar contratos a término, de futuros y opciones sobre bienes, servicios, índices, monedas y productos. Efectuar inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente liquidables. Realizar inversiones en nuevas emisiones de acciones u obligaciones o debentures, conforme la legislación vigente. Recibir valores en custodia y prestar otros servicios afines a su actividad. Gestionar por cuenta propia o de terceros la compra y venta de valores mobiliarios y títulos públicos. Cumplir mandatos y comisiones conexos con sus operaciones. Adquirir inmuebles, acciones y obligaciones en defensa o pago de créditos acordados, debiendo liquidar o amortizar tales bienes de acuerdo con las normas vigentes. Emitir obligaciones negociables previa autorización exigida por la legislación vigente. Constituir fideicomisos para garantizar financiamientos y actuar como fiduciario financiero de acuerdo a las normas vigentes. Realizar todo otro tipo de operación, como la compra y venta de moneda y billetes extranjeros, oro amonedado, y toda otra que la legislación autorice y que no esté reservada en exclusividad para las sociedades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras, y toda otra por la que se requiera ahorro público. b) Inversora: de capitales en empresas y sociedades nacionales o extranjeras, constituidas o a constituirse, en la concertación de operaciones realizadas y a realizarse, en la negociación de títulos, acciones, bonos, créditos y demás valores mobiliarios y en la adquisición de bienes para su posterior locación. c) Inmobiliaria: mediante la adquisición, compra, venta, permuta, locación, explotación, urbanización, fraccionamiento, construcción, hipoteca o arrendamiento de toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, inclusive las comprendidas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal. Incluyendo el fraccionamiento y posterior venta de lotes de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar a su cargo la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes. Inclusive la administración de propiedades de terceros. d) Representaciones y Mandatos: aceptar representaciones, mandatos, negocios y administración de bienes, capitales y empresas en general; mediante operaciones de distribución y promoción de inversiones inmobiliarias, administración de carteras y promoción de negocios e inversiones en cualquiera de las condiciones permitidas por las leyes y reglamentaciones vigentes, incluso gestionar por cuenta ajena la compra y venta de valores inmobiliarios y papeles de crédito; la intermediación en la oferta pública de títulos valores como agentes de mercado abierto, el otorgamiento por cuenta de terceros de préstamos en cualquiera de sus modalidades, actuar como agentes financieros de empresas, cargos de fiduciario, agencias, comisiones, consignaciones, y la realización de toda clase de mandatos, con o sin representación, nacionales y extranjeras, tomar a su cargo cobranzas y liquidaciones de cualquier naturaleza, custodiar y administrar títulos y valores, administrar capitales, dar y recibir avales, fianzas y garantías por asuntos propios y de terceros. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar los actos, contratos y operaciones compatibles con dicho objeto, sometiéndose para ello a la legislación vigente. Las actividades que lo requieren se realizarán por profesionales con título habilitante. Las actividades señaladas podrán desarrollarse, de forma total o parcial, bien directamente, por la sociedad, o bien mediante la titularidad de acciones o de participaciones en otras sociedades, con sujeción en todo caso a las prescripciones de las legislaciones sectoriales aplicables en cada momento. La sociedad podrá asumir la dirección unitaria de un grupo de sociedades, aunque tengan objeto social distinto al de aquella, incluyendo la dirección y asesoramiento de empresas en todos sus ámbitos, a través, en su caso, de los correspondientes profesionales cuando así procediera. Las actividades cuya realización requiera de cualquier tipo de autorización administrativa que no haya sido concedida a la sociedad deberán entenderse como no comprendidas dentro del objeto social de la sociedad.

Capital: el Capital social es de $ 1.000.000 representado por 1.000 (un mil), acciones nominativas no endosables, ordinarias, de $ 1.000 (pesos un mil) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. El capital se suscribe de la siguiente manera: Julio Ricardo Lavaque, suscribe cincuenta (50) acciones de un voto por acción, por valor nominal de pesos un mil ($ 1.000.-) cada una, es decir la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000.-); e integra en este acto el veinticinco por ciento (25 %) y Marcos Tomas De Maria, suscribe novecientos cincuenta (950) acciones de un voto por acción, por valor nominal de pesos un mil pesos ($ 1.000.-) cada una, es decir la suma de pesos novecientos cincuenta mil ($ 950.000.-); e integra en este acto el veinticinco por ciento (25 %), y el saldo restante en un plazo de 2 dos años, contados desde la fecha de la presente.

Administración: la administración social estará a cargo de un directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea ordinaria entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) directores titulares, e igual o menor número de suplentes, los que asumirán en el orden de su elección en caso de producirse vacantes en los titulares; los que durarán en sus cargos tres Ejercicios, pudiendo ser reelectos. En caso de existir pluralidad de directores titulares, en la primera reunión designarán de entre ellos un presidente y un vicepresidente. Administradores: Presidente: Marcos Tomas De Maria Presidente y Director Titular:  Julio Ricardo Lavaque Vicepresidente y Director Suplente, ambos constituyen domicilio especial en ruta nacional N° 40 Km. 4.340 de la localidad de Cafayate, departamento Cafayate, provincia de Salta.

Fiscalización: se prescinde del Órgano de Fiscalización.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00009493
Orden de Publicación: 100093793
Importe: $4.235,00
Fecha/s de publicación: 04/05/2022

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