AVISOS COMERCIALES



ISAAC SRL - CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL Y MODIFICACIÓN DE CONTRATO



Mediante Acta de reunión de socios N° 2 de fecha 01 de febrero de 2022, los socios resuelven por unanimidad efectuar las siguiente modificaciones al contrato social: 1) Modificación de la cláusula Primera, la cual quedara redactada de la siguiente manera: "Artículo Primero. Denominación. Domicilio: la sociedad se denomina ISAAC SRL, y tiene domicilio legal en la provincia de Salta." 2) Modificación de la cláusula Tercera la cual quedara redactada de la siguiente manera: Tercera: Objeto Social: la sociedad tendrá por objeto desarrollar por cuenta propia, de terceros, asociados con terceros, y/o de cualquier otra forma de organización, las siguientes actividades: a) Construcción de obras públicas y privadas: Constructora: de carácter público o privado, civil o militar, como obras viales de apertura, mejoras y pavimentación de calles y rutas; construcción de diques, embalses, canalización, purificación y potabilización de aguas, desagües y redes de desagüe; obras de electrificación, tendido de líneas eléctricas y redes de alta tensión; construcción de usinas y subusinas, redes de retransmisión, instalaciones de protección contra incendio e inundaciones, construcción de estructuras y/o infraestructuras de hormigón o metálicas para puentes, pistas de aterrizaje y puertos, demoliciones y construcción civiles, gasoductos, oleoductos, diques, usinas, edificios y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura. Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, y en general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles, la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura; asimismo corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios y de terceros y de mandatos. Inmobiliaria: Mediante la compra venta y urbanización de bienes inmuebles rurales y urbanos y todas las operaciones comprendidas en el Código Civil y Comercial o de propiedad horizontal y la administración de bienes de terceros. Servicios de mantenimientos de edificios e instalaciones de carácter público y privado. b) Proyecto, dirección y ejecución de obras de arquitecturas e ingeniería: dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros a las siguientes operaciones: estudio, proyecto, dirección ejecutiva y ejecución de obras de ingeniería y arquitectura; c) Comercial: materiales y elementos para la construcción: fabricación, explotación de materiales, revestimientos, sanitarios y accesorios: compraventa, industrialización, fabricación, representación, permuta y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo o modelo de vivienda, revestimientos internos y externos, artefactos sanitarios, grifería, artefactos eléctricos, maquinarias y accesorios para la industria cerámica y de la construcción, como así también de pinturas, papeles pintados, revestimientos, alfombras y todo otro artículo o material vinculado directa o implícitamente con la decoración y artículos de ferretería; e) Medicina Integral: la prestación de asistencia, asesoramiento y orientación médica, organización, instalación y explotación de sanatorios, clínicas y demás instituciones similares, ejerciendo su dirección técnica por intermedio de médicos con título habilitante y administrativo y abarcando todas las especialidades que se relacionen directa o indirectamente con aquellas actividades médicas, ofreciendo y prestando toda clase de tratamiento médico-quirúrgico, físico, químico, psíquico, electrónico y nucleónico, basados en procedimientos científicos aprobados a realizarse por medio de profesionales con título habilitante de acuerdo con las reglamentaciones en vigor. La atención de enfermos a domicilio y/o internados en dependencias sanitarias de todo carácter, geriátricas y/o de reposo, el traslado en ambulancia o cualquier otro medio idóneo no convencional, sea este terrestre, marítimo, fluvial o aéreo, adaptado o adaptable a tal fin para estudio, tratamientos, internación y/o diálisis de personas enfermas y/o accidentadas con asistencia médica durante el traslado ya sea por medios propios o alquilados como así también el alquiler de unidades para tales fines. La implementación de servicios complementarios como servicios de enfermería incluyendo a domicilio, cubriendo hasta la asistencia de urgencia a domicilio".



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00009608
Orden de Publicación: 100093976
Importe: $2,065.00
Fecha/s de publicación: 11/05/2022

Responsive image Responsive image