AVISOS COMERCIALES



VIVA SA  AHORA AUDES SA - MODIFICACIÓN DE ESTATUTO



1) Cambio de denominación antes VIVA SA -AHORA AUDES SA.

2) Cambio de jurisdicción de la provincia de Salta a la provincia de Catamarca.

3) Ampliación de objeto social.

Mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 18/01/2022 los accionistas resolvieron y aprobaron reformar el Estatuto de la sociedad respecto al cambio de la denominación social, el cambio de jurisdicción trasladando la sociedad desde la provincia de Salta a la provincia de Catamarca, y la ampliación del objeto. Como consecuencia queda modificado en sus artículos 1° y 3° de la siguiente manera: "
Artículo Primero: la sociedad se denominará AUDES Sociedad Anónima, pudiendo usar su abreviatura AUDES SA, tiene su domicilio legal en la provincia de Catamarca, pudiendo establecer sucursales, agencias, corresponsalías, o cualquier otro género de representación en el país o en el extranjero”. "Artículo Tercero: la sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, y/o de terceros, y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades y/u operaciones: (a) Construcción: ejecución de obras civiles e industriales de todo tipo; y toda actividad conexa a la construcción tanto en su etapa anterior como posterior, sea a desarrollarse con privados o entidades públicas de cualquier especie, por contratación directa o por medio de licitación. (b) Gestión integral de proyectos de ingeniería, arquitectura, minería y otras actividades conexas de consultoría técnica. (c) Arquitectura, ingeniería, cálculo estructural, selección de recursos humanos. (d) Importación y exportación. Importación y exportación de bienes y servicios relacionados con el objeto en un todo de acuerdo con las leyes y reglamentaciones vigentes; como así también el asesoramiento sobre operaciones de importación y/o exportación. (e) Desarrollos Inmobiliarios: al desarrollo de todo tipo de emprendimientos inmobiliarios y/o turísticos, sea en zonas urbanas o rurales; dirección, administración, financiación y realización de proyectos y obras de cualquier naturaleza sobre terrenos propios o ajenos, pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias sobre inmuebles propios o de terceros. Podrá inclusive realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes como por ejemplo las comprendidas por el régimen de propiedad horizontal y modalidades como fraccionamiento. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros; y a desarrollar emprendimientos de servicios complementarios a cualquier tipo de desarrollos inmobiliarios. (f) Fideicomisos: toda operación relacionada con fideicomisos inmobiliarios y/o de servicios y/o financieros, lo que incluye la constitución de fideicomisos, la integración de los mismos en calidad de fiduciario, fiduciante, beneficiario y/o fideicomisario, además de la administración y/o el asesoramiento en fideicomisos propios y/o de terceros. (g) Asesoramiento: prestación de todo servicio de asesoramiento y consultaría en desarrollos inmobiliarios, construcciones, administraciones de inmuebles, explotación y desarrollo de servicios complementarios a los desarrollos inmobiliarios citados; como así también asesoramiento legal, financiero y técnico para la ejecución de proyectos de ingeniería y minería. (h) Hotelería, Gastronomía y Turismo: la explotación de hoteles y establecimientos destinados al alojamiento en general de personas así como sus actividades conexas o relacionadas con la hotelería. La explotación, administración y comercialización en todos sus aspectos de la actividad con negocios de hotelería; que incluyen la explotación de edificios destinados a hotelería, bajo cualquier régimen de servicios, hostería, hostelería, cabañas, hospedaje, alojamiento; la explotación de restaurantes y bares, sus instalaciones y/o accesorias y/o complementarias para servicios y atención de sus clientes. La adquisición, enajenación y/o permuta de bienes muebles o inmuebles destinados a hotelería turística y actividades conexas. (i) Financieras: compraventa de valores de terceros, con o sin aval bancario; descuento de pagarés comerciales con o sin garantías, otorgamiento de créditos comerciales con o sin garantía, compraventa de acciones, debentures warrant certificados de crédito y toda clase de valores mobiliarios, de cualquiera de los sistemas y modalidades creada o a crearse; así como toda otra operación financiera, con excepción de aquellas operaciones específicamente comprendidas en la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras. Hacer cualquier negocio lícito aunque no sea semejante a ninguno de los objetos especificados en el Estatuto Social o sus reformas. A tal fin la sociedad podrá realizar cualquier otro servicios que sea consecuencia de las actividades similares o conexas a las mencionadas con anterioridad. Para la realización del objeto social la sociedad podrá realizar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por las leyes, sin restricción de clase alguna, ya sean de naturaleza civil, comercial, administrativa, judicial o de cualquier otra que se relacione directa o indirectamente con el objeto perseguido; como así también el abrir y operar en cuentas bancarias. Para la realización de sus fines la sociedad podrá comprar, vender, ceder y gravar inmuebles, equipamiento, semovientes, marcas y patentes, títulos valores y cualquier otro bien mueble o inmueble; podrá celebrar contrato con las autoridades estatales o con personas físicas o jurídicas ya sean estas últimas sociedades civiles o comerciales, tenga o no participación en ellas, gestionar, obtener, explotar y transferir cualquier privilegio o concesión que los gobiernos nacionales, provinciales o municipales le otorguen con el fin de facilitar o proteger los negocios sociales, dar y tomar bienes raíces en arrendamiento aunque sea por más de seis años; constituir sobre bienes inmuebles toda clase de derechos reales. Dar o recibir préstamos con garantías o sin ellas tales como hipotecas, prendas o fianzas. Comprar o vender propiedades personales o bienes muebles, como cualquier clase de mercancía en su propia cuenta o de terceras personas. Podrá contratar y/o asociarse con personas físicas y/o jurídicas, organizaciones, asociaciones, etc.; teniendo tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este estatuto.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00009200
Orden de Publicación: 100093336
Importe: $3.045,00
Fecha/s de publicación: 19/04/2022

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