RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 23 de Mayo de 2022

RESOLUCIÓN N° 337

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 160.010/21 - 1 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 19/22, para la contratación de la obra “NUEVA FUENTE DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD DE JOAQUÍN V. GONZÁLEZ (POZO N° 10) - LOTEO GEREZ - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 154/156, mediante Resolución S.O.P. N° 144/22, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 24.080.592,82 (pesos veinticuatro millones ochenta mil quinientos noventa y dos con 62/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero 2022, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, para realizar el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la SOP a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs.166/167 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 166/167 en el Boletín Oficial, a fs. 168 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 28 de Marzo de 2.022 (fs. 170), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “ÑANN S.R.L.” y “DRILLING SERVICE S.A.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 414/415, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 144/22, la cual recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a la ofertas presentadas por las empresas “ÑANN S.R.L.” y “DRILLING SERVICE S.A.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 16 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, verifican técnicamente con lo solicitado en los pliegos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ÑANN S.R.L.”, en la suma de $ 24.019.631,58 (pesos veinticuatro millones diecinueve mil seiscientos treinta y uno con 58/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, que representa un 6,82 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 16 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 416/417, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 419/420, mediante Dictamen N° 115/22, toma intervención la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 420 vta. y 421, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizo la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 422, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 62/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 19/22, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, encomendado por Resolución S.O.P. N° 144/22, para la ejecución de la obra “NUEVA FUENTE DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD DE JOAQUÍN V. GONZÁLEZ (POZO N° 10) - LOTEO GEREZ - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 24.080.592,82 (pesos veinticuatro millones ochenta mil quinientos noventa y dos con 62/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2022, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas “ÑANN S.R.L.” y “DRILLING SERVICE S.A.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación..

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “ÑANN S.R.L.”, CUIT N° 30-71466225-9, la ejecución de la obra “NUEVA FUENTE DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD DE JOAQUÍN V. GONZÁLEZ (POZO N° 10) - LOTEO GEREZ - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 24.019.631,58 (pesos veinticuatro millones diecinueve mil seiscientos treinta y uno con 58/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 16 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ÑANN S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038004501 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 916 - Unidad Geográfica: 7 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 7°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00005214
Orden de Publicación: 100094437
Importe: $3.759,00
Fecha/s de publicación: 31/05/2022

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