RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 06 de Diciembre de 2021

RESOLUCIÓN N° 1.230

INSTITUTO PROVINCIA DE VIVIENDA SALTA

Legajo 0-33

VISTO el legajo 0-33 perteneciente a la Sra. CRISTINA ORQUERA (DNI N° 3.495.572), adjudicataria de la vivienda identificada como MANZANA 3 - PARCELA 42, correspondiente al Grupo Habitacional "70 VIVIENDAS EN JOAQUIN V. GONZALEZ - Dpto. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, mediante Resolución IPV N° 315 del 27/05/1993, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo actuado en el Legajo del Visto y como consecuencia del alto índice de morosidad en el pago de las cuotas de amortización de la vivienda que registra la Sra. CRISTINA ORQUERA (DNI N° 3.495.572), debidamente verificado a fs. 52/58, 77/84 y 99/102, el Área Jurídica del IPV, se expide a fs. 103 mediante su Dictamen N° 720/21, el que por contener los elementos fácticos y jurídicos que dan sustento a la presente, se transcribe en su totalidad:

“ÁREA JURÍDICA, 28/09/21...

“Vienen las presentes actuaciones a fin de que esta asesoría se expida acerca de la situación planteada en autos. Cabe formular al respecto las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se detallan:

“Que visto lo informado por Area Escribanía y estado de cuenta obrante en autos, los referidos adjudicatarios mantienen un índice da morosidad pese haber sido INTIMADOS a regularizar dicho incumplimiento.

"En razón de ello se concluye que en autos se configura la causal de revocatoria de la adjudicación conforme lo establece la normativa de este instituto, resultando de aplicación lo dispuesto por Resolución IPV 032/10 que establece como causal de revocatoria "La falta de pago de 3 (tres) o más cuotas de amortización mensuales y consecutivas o 5 (cinco) alternadas, cuya cancelación deberá ser previamente intimada...

“De conformidad con la reglamentación vigente, Ley de Procedimientos Administrativos de la provincia, opino que puede dictarse el Acto Admnistrativo dejando sin efecto la adjudicación otorgada a los Sr/a/es. ORQUERA, CRISTINA mediante Resolución IPV Nº 315 de fecha 27/05/1993.

“Con la opinión vertida, se eleve el presente dictamen a los fines que, de compartirse el criterio expuesto, se emita la resolución pertinente...

Por ello y, en uso de facultades conferidas por Ley Provincial N° 5.167 y su modificatoria Ley N° 5.963;

EL PRESIDENTE DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- REVOCAR la adjudicación conferida a la Sra. CRISTINA ORQUERA (DNI N° 3.495.572) mediante Resolución IPV N° 315 del 27/05/1993, sobre la vivienda individualizada como MANZANA 3 - PARCELA 42, correspondiente al Grupo Habitacional “70 VIVIENDAS EN JOAQUIN V. GONZALEZ - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA".

ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario Ejecutivo y el Sr. Jefe del Área Financiera y Administrativa.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese al Área Social, al Área Financiera y Administativa y al Área Jurídica, por cuyo intermedio notifíquese fehacientemente a la interesada haciéndole conocer que cuenta con un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a partir le la notificación de la presente, para interponer Recurso de Reconsideración en los términos del art. 177° de la Ley N° 5.348; archívese.



Carrizo - Carrizo- Davids




F. V/C N° 0012 - 00005228
Orden de Publicación: 100094474
Importe: $1.176,00
Fecha/s de publicación: 31/05/2022

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