RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 6 de Junio de 2022

RESOLUCIÓN N° 385

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 415 - 221.627/21 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. N° 106/22; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado, se declara fracasado el procedimiento de Adjudicación Simple para la ejecución de la obra “SEÑALÉTICA RECORRIDO TREN GESTA GAUCHA - SALTA - MUNICIPIOS: CAPITAL, CERRILLOS, ROSARIO DE LERMA, CAMPO QUIJANO - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 6.859.982,98 (pesos seis millones ochocientos cincuenta y nueve mil novecientos ochenta y dos con 98/100/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico la S.O.P., a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el articulo 14 último párrafo de la Ley N° 8.072 (fs. 290/291);

Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley N° 80.72, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1 de la Disposición N° 119/21 de la Unidad Central de Contrataciones, se considera como precio testigo al presupuesto oficial confeccionado por la Secretaría de Obras Públicas por el monto de $ 6.859.982,98 (pesos seis millones ochocientos cincuenta y nueve mil novecientos ochenta y dos con 98/100/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021 (fs. 400);

Que en ese marco a fs. 320/325, se efectuaron 3 (tres) invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme al Acta de Apertura, de fecha 11 de Marzo de 2.022 (fs. 328), presento su única oferta la empresa “SOMAC S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 428/429, rola el informe de la Comisión Evaluadora, la cual entiende que la oferta de la empresa “SOMAC S.R.L.”, cumple con los requisitos formales establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares, observando que su oferta no cumple con los requisitos exigidos por el artículo 13, 5° y 6° párrafo de la Ley N° 8.072, en razón de que cotiza con valores superiores al 5 % del presupuesto oficial actualizado;

Que en consecuencia, a fs. 410/411, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico solicita una mejora de su oferta a la firma SOMAC S.R.L., en el marco de lo dispuesto por el citado artículo 13 de la Ley N° 8.072;

Que a fs. 413/426 la empresa SOMAC S.R.L. presenta una mejora de oferta, acompañando un nuevo formulario de cotización, planilla de cotización, cómputo y presupuesto, análisis de precios y curva de inversión correspondientes, por lo que resulta procedente pasar al análisis de los criterios de conveniencia del articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que la oferta mejorada resulta admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, su planilla de datos garantizados completa respecto a las calidades y durabilidad requeridos, su plan de trabajos y metodología coherentes y respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres relacionados a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ SOMAC S.R.L.”, en la suma de $ 9.213.696,31 (pesos nueve millones doscientos trece mil seiscientos noventa y seis con 31/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, que representa un 4,76 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 430/431, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 434/435, mediante Dictamen N° 152/22, toma intervención la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 435 vta. y 436, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 437, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 93/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14, último párrafo de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de contratación efectuada de manera directa, llevado adelante por la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, encomendado por Resolución S.O.P. N° 106/22, para la ejecución de la obra “SEÑALÉTICA RECORRIDO TREN GESTA GAUCHA - SALTA - MUNICIPIOS: CAPITAL, CERRILLOS, ROSARIO DE LERMA, CAMPO QUIJANO - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 6.859.982,98 (pesos seis millones ochocientos cincuenta y nueve mil novecientos ochenta y dos con 98/100/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible la oferta de la empresa “SOMAC S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “SOMAC S.R.L.”, CUIT N° 30-71485532-4, la ejecución de la obra “SEÑALÉTICA RECORRIDO TREN GESTA GAUCHA - SALTA - MUNICIPIOS: CAPITAL, CERRILLOS, ROSARIO DE LERMA, CAMPO QUIJANO - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 9.213.696,31 (pesos nueve millones doscientos trece mil seiscientos noventa y seis con 31/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “SOMAC S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008056201 - Financiamiento: Ley Nº 27429 (295) - Proyecto: 584 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 7°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.





De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00005357
Orden de Publicación: 100094850
Importe: $4.176,00
Fecha/s de publicación: 13/06/2022

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