SENTENCIAS



TRIBUNAL DE JUICIO - SALA VI - VOCALÍA N° 2

TOMAS ALFREDO CASIMIRO - EXPTE. Nº JUI 174373/22



…SALA VI- VOCALÍA N° 2 …“Salta, 27 de Abril de 2022... FALLA: I. CONDENAR A TOMAS ALFREDO CASIMIRO, argentino, DNI N° 20.744.819, Prontuario Policial N° 6890, Secc. R.H. nacido el día 22/09/69 en Rosario de Lerma, Salta, hijo de Esteban Casimiro (f) y de María Petrona Vilte (v), con domicilio en calle Los Gavilanes N° 1810 del barrio Solís Pizarro de esta ciudad a la PENA de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS por resultar autor materialmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE en perjuicio de B.L.A., previsto y reprimido por el art. 119 segundo párrafo en función de los arts. 12, 19, 29 inc. 3°, 40 y 41 del Código Penal debiendo permanecer privado de su libertad y oportunamente ser trasladado a la Unidad Carcelaria N° 1. II. ORDENAR se practique un examen psicofísico por el Servicio Médico Forense del Poder Judicial, la toma de muestra fotográfica y le realización del examen genético al condenado CASIMIRO TOMAS ALFREDO y su posterior inscripción en el Banco de Datos Genéticos Provincial previsto en la Ley N° 7.775, Decreto Reglamentario N° 734/16, art. 9º del Anexo y Acordadas de la Corte de Justicia N° 12.481 y 12.641 y en el Banco de Datos Genéticos Nacional de conformidad al art. 2° de la Ley N° 26.879, que se llevará a cabo, una vez firme la presente. III. COMUNICAR a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) lo resuelto, remitiendo copia de la sentencia, del examen físico del imputado efectuado por el Servicio Médico Forense del Poder Judicial, anexando los datos personales y de la condena requeridos en los puntos I y II del art. 3º del Anexo Reglamentario 734/16 de la Ley N° 7.775 y Acordada de la Corte de Justicia N° 12.481, a fin de que complete el trámite previsto en la normativa citada y solicite el comparendo del condenado a los fines dispuesto en el punto anterior y deberá notificar a la autoridad de aplicación. IV. INFORMAR a la denunciante Gladys Patricia Acosta, en representación de la víctima, sobre lo resuelto y CONSULTAR acerca de si desea ser informada oportunamente de los planteos que pueda efectuar el condenado para acceder a algún beneficio, conforme lo establece la Ley N° 27.375 modificatoria de la Ley N° 24.660 de “Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad", recepcionando acta a tal fin. V. DECOMISAR las muestras biológicas consistentes en un hisopado vaginal y un hisopado rectal de L.A.B. que se encuentran en el Depósito Transitorio del Cuerpo de Investigaciones Fiscales y del elemento secuestrado consistente en una (01) bombacha de algodón, color rosa con diseño infantil, conforme acta de secuestro de fs. 04 del Legajo de Investigación. VI. DISPONER que oportunamente por Secretaría, se practique el correspondiente cómputo de pena de conformidad a lo dispuesto por el art. 573 del CPP y se libren los oficios de ley. VII. TENER por renunciado por las partes y el condenado a los plazos legales, mediante manifestación expresa que consta en el acta y conforme a lo dispuesto en el art. 218 CPP quedando firme la sentencia a partir del día de la fecha. VIII. FIJAR audiencia para el quinto día hábil a partir de la fecha, el 04/05/2022 a horas 12:45, para dar lectura a los fundamentos que con esta parte resolutiva integrarán la Sentencia. IX. HACER COMPARECER al condenado para hacer entrega de una copia de los fundamentos de la sentencia. X. REGÍSTRESE, PROTOCOLÍCESE, OFÍCIESE y oportunamente CÚMPLASE. " Fdo.: Dra. Mónica A. Mukdsi, - Jueza, ante mí Dra. María Carolina Mosca - Secretaria”.

CUMPLE LA PENA IMPUESTA: el día 21 DE OCTUBRE DE 2025.

Deberá el Boletín Oficial de la Provincia de Salta proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 580 del Código Procesal Penal.

SALTA, 6 de Junio de 2022.



Monica A. Mukdsi, JUEZA VOCAL N° 2 - Dra. M. Carolina Mosca, SECRETARIA




R. S/C N° 100011256
Orden de Publicación: 100094862
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 13/06/2022

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