CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



DRUM MAJOR SRL



Por instrumento privado de fecha 22/03/22 se constituye la sociedad de responsabilidad limitada DRUM MAJOR SRL, que se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 19.550, con domicilio legal en la localidad de la ciudad de Salta, provincia de Salta. El domicilio de la sede social se fija en la calle Avda. Juan Manuel de Rosas s/Nº de Mzna. 18, lote 23, condominios Estación Alvarado 1 A de la ciudad de Salta, provincia de Salta.

Socios: Domenico Valentino Allegruci, argentino, nacido 31/08/1977, documento nacional de identidad número 26.907.801, CUIT Nº 20-26907.801-5, casado en primeras nupcias con Andrea Luciana Ramayo, DNI N° 27.962.820, de profesión consultora SAP PM, domiciliado en B° Juramento, Mzna. A casa 27 - Yerba Buena - Tucumán; Ángeles Valentina Allegrucci, argentina, nacida el 07/04/1997, documento nacional de identidad N° 40.483.633, CUIT 27-40483633-7, soltera, de profesión consultora de SAP MM/ WM, con domicilio en Avda. Juan Manuel de Rosas s/N° Mzna. 18, lote 23 - condominios Estación Alvarado 1 A de la ciudad de Salta, provincia de Salta; y la señora Andrea Luciana Ramayo, argentina, nacida el 28/11/1978, documento nacional de identidad N° 27.962.820, CUIL Nº 27-27962820-4, casada en primeras nupcias con Domenico Valentino Allegrucci, DNI N° 26.907.801, de profesión Lic. Recursos Humanos, domiciliado en B° Juramento Mzna. A, casa 27 - Yerba Buena - Tucumán.

Plazo de duración: 60 años.

Objeto: la sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros o mediante franquicias, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: a) Realizar la venta de componentes electrónicos, módulos, subsistemas y sistemas de procesamiento electrónico de datos y de control electrónico de procesos, incluyendo sus programas de funcionamiento y aplicación, sus derivados y accesorios; integración , armado, embalado, instalación, reparación y service de módulos, subsistemas y sistemas de procesamiento electrónico de datos y de control electrónico de procesos; b) Diseño, desarrollo, fabricación, verificación, puesta en funcionamiento e instalación de módulos, subsistemas y sistemas de procesamiento electrónico de procesos y mecanismos; c) Importar y exportar software y hardware necesarios para cumplir con los puntos a) y b) de este artículo; d) Fabricar, importar, exportar, comparar, vender, alquilar, licenciar, comercializar bajo cualquier modalidad de sistemas, programas y equipos de informática, así como su servicio técnico. Para la realización de su objeto la sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por la ley, sin restricción alguna, sean de naturaleza civil, comercial, penal, administrativa, judicial o cualquier otra que se relacione directa o indirectamente con el objeto social perseguido. e) Labores de consultoría de mantenimiento y software sobre gestión de activos empresarios, con especialización en minería. Para la realización de su objeto la sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por la ley, sin restricción alguna, sean de naturaleza civil, comercial, penal, administrativa, judicial o cualquier otra que se relacione directa o indirectamente con el objeto social perseguido.

Capital: el capital social se fija en la suma de pesos un millón ($ 1.000.000.-), dividido en mil (1.000) cuotas de pesos un mil ($ 1.000) de valor nominal cada una. Cada cuota da derecho a un voto, Ángeles Valentina Allegrucci, suscribe 250 (doscientas cincuenta) cuotas sociales e integra la cantidad de $ 62.500 (pesos sesenta y dos mil quinientos) que corresponden al veinticinco por ciento del capital suscripto; Andrea Luciana Ramayo, suscribe 100 (cien cuotas sociales) e integra la cantidad de $ 25.000 (pesos veinticinco mil) que corresponden al veinticinco por ciento del capital suscripto y Domenico Valentino Allegrucci, suscribe 650 (seiscientas cincuenta) cuotas sociales e integra la cantidad de $ 162.500 (pesos ciento sesenta y dos mil quinientos) que corresponde al veinticinco por ciento del capital suscripto. De esta forma se suscribe la totalidad del capital y se integran $ 250.000.- (pesos doscientos cincuenta mil) que corresponden al veinticinco por ciento del total del capital social suscripto.

Administración: la administración y representación estará a cargo de entre uno y cuatro gerentes, que podrán ser socios o no y durarán en sus cargos todo el tiempo de vigencia de la sociedad. Para el caso de que la administración y representación esté a cargo de un gerente o de más de uno que deban actuar en forma conjunta, deberán designarse gerentes suplentes en igual número a los gerentes titulares. Si hay más de un gerente y la administración y representación la realizan en forma indistinta, no será necesario designar gerentes suplentes. En reunión de socios y por mayoría absoluta, se decidirá la forma en que actuarán él o los gerentes designados. Cesarán en sus funciones por renuncia o fallecimiento. Podrán ser removidos de sus cargos por decisión tomada en reunión de socios que representen mayoría de capital y la decisión se tomará por mayoría absoluta. En calidad de tal/les, ejercerán la representación legal y el uso de la firma social sin más limitaciones que necesitar la aprobación previa de la totalidad de los socios en los casos de actos de disposición sobre bienes muebles registrables y/o inmuebles y la prohibición de comprometerla en operaciones ajenas al giro social. Se deja constancia que el/los socios gerentes podrán otorgar mandato de representación a favor de terceros. Los socios resuelven que la gerencia será ejercida por un gerente. Se nombra Gerente: al señor Domenico Valentino Allegrucci y como Gerente Suplente: a Ángeles Valentina Allegrucci. El gerente designado, Domenico Valentino Allegrucci y la gerente suplente designada Ángeles Valentina Allegrucci, aceptan los cargos y ambos fijan domicilio especial en Avda. Juan Manuel de Rosas s/Nº Mzna. 18, lote 23, condominios Estación Alvarado 1 A de la ciudad de Salta y se comprometen a realizar un depósito de garantía de $ 100.000 (pesos cien mil) en la sede de la empresa con documentos firmados por cada uno de ellos.

Fiscalización: no se establece órgano de fiscalización, sindicatura o consejo de vigilancia en el contrato social.

Fecha de cierre del ejercicio económico: 31 de diciembre.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00009776
Orden de Publicación: 100094289
Importe: $3.220,00
Fecha/s de publicación: 24/05/2022

Responsive image Responsive image