RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 19 de Mayo de 2022

RESOLUCIÓN N° 314

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 386 - 226.719/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 24/22, para la contratación de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN VILLA MÓNICA - ETAPA 2 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 93/94, mediante Resolución S.O.P. N° 116/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 50.554.693,96 (pesos cincuenta millones quinientos cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y tres con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 96/121, mediante Resolución N° 35/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 128 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 129 en el Boletín Oficial, a fs. 130 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 29 de Marzo de 2.022 (fs. 148), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “AL INGENIERIA S.R.L.”, “IMECA S.R.L.” y “CEyBA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 307/308, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 35/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “AL INGENIERIA S.R.L.” por incumplimiento al requisito dispuesto por el artículo y 7° inc. l) del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “IMECA S.R.L.” y “CEyBA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “IMECA S.R.L.”, en la suma de $ 57.108.639,78 (pesos cincuenta y siete millones ciento ocho mil seiscientos treinta y nueve con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, que representa un 8,93 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 309/314, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 328 vta. y 329, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 330/333, mediante Dictamen N° 187/22, la Asesoría Legal de la Secretaria de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 334, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 63/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 24/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 116/22 para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN VILLA MÓNICA - ETAPA 2 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 50.554.693,96 (pesos cincuenta millones quinientos cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y tres con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “AL INGENIERIA S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “IMECA S.R.L.” y “CE y BA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “IMECA S.R.L.”, CUIT N° 30-71162344-9, la ejecución de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN VILLA MÓNICA - ETAPA 2 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 57.108.639,78 (pesos cincuenta y siete millones ciento ocho mil seiscientos treinta y nueve con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “IMECA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038000901 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 889 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00005196
Orden de Publicación: 100094339
Importe: $4.067,00
Fecha/s de publicación: 26/05/2022

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