RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 28 de Junio de 2022

RESOLUCIÓN N° 464

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 67.234/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 44/22, para la contratación de la obra “CONSTRUCCIÓN DE 5 AULAS EN ESTABLECIMIENTOS VARIOS DEL MUNICIPIO DE SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 163/164, mediante Resolución S.O.P. N° 232/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 33.190.189,96 (pesos treinta y tres millones ciento noventa mil ciento ochenta y nueve con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 166/217, mediante Resolución N° 61/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 219 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 220 en el Boletín Oficial, a fs. 218 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 16 de Mayo de 2.022 (fs. 245/246), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.” y “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido por la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 455/457, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 61/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° incs. c) y d), Articulo 10, inc. 3), artículos 11 y 14 inc. 1) del Pliego de Condiciones Particulares, ya que no cotiza el ítem 6.3 en la Escuela N° 3140 y el ítem 19.4 en la Escuela N° 4044 y además el monto consignado como total de su oferta no coincide con el cálculo correcto de sus análisis de sus componentes y recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, verifica técnicamente lo requerido en los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, cumple con la planillas de Datos Garantizados, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a su cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, en la suma de $ 43.225.998,71 (pesos cuarenta y tres millones doscientos veinticinco mil novecientos noventa y ocho con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, que representa un 14,84 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 458/461, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 464 vta. y 465, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 466/469, mediante Dictamen N° 247/22, la Asesoría Legal de la Secretaria de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 470, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 105/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 44/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 232/22, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE 5 AULAS EN ESTABLECIMIENTOS VARIOS DEL MUNICIPIO DE SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 33.190.189,96 (pesos treinta y tres millones ciento noventa mil ciento ochenta y nueve con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, CUIT N° 20-14670081-1, la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE 5 AULAS EN ESTABLECIMIENTOS VARIOS DEL MUNICIPIO DE SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 43.225.998,71 (pesos cuarenta y tres millones doscientos veinticinco mil novecientos noventa y ocho con 71/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00005514
Orden de Publicación: 100095475
Importe: $4.515,00
Fecha/s de publicación: 01/07/2022

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