RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SALTA

RESOLUCIÓN N° 1.826

Salta, 28 de junio de 2022.

Y VISTOS: el Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura, la nota presentada con fecha 13/06/2022 por la señora Presidenta del Consejo y la Resolución N° 1.817, y

CONSIDERANDO:

Que por nota de fecha 13/06/2022 la señora Presidenta del Consejo informó a los miembros del cuerpo que la Oficina de la Mujer de la Corte de Justicia de Salta puso a disposición el dictado del ‘‘Programa de Capacitación en el marco de la Ley Micaela: Acceso a Justicia y Género”, que fuera aprobado por la autoridad de aplicación de la Ley Nº 27.499, Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, en el marco del procedimiento previsto en la Resolución N° 64/2021 de dicha cartera ministerial, ello en reemplazo del anterior curso sobre Perspectiva de Género, igualmente diseñado por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, validado por el Sistema de Naciones Unidas y aprobado por el ex INAM (Instituto Nacional de las Mujeres) que, en su oportunidad, fuera la autoridad de aplicación de la referida ley.

Que asimismo indicó que el programa resulta abarcativo de todos los contenidos exigidos por la ley, con una curricula comprensiva de dos ejes temáticos que se adicionan al curso reemplazado sobre perspectiva de género - que se desplegaba únicamente en tres módulos-. Así, detalló que el primer eje temático, denominado “Violencia de género y debida diligencia”, comprende un cuarto módulo sobre violencia de género, donde se desarrollan los diferentes tipos y modalidades de la violencia que en razón del género afecta a las mujeres; un quinto módulo donde se trabaja la violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja, y un sexto módulo dedicado al deber estatal de debida diligencia reforzado en materia de violencia de género hacia las mujeres. Finalmente, el segundo eje temático adicional, denominado “Sobre identidad de género en la justicia”, que contempla los dos últimos módulos relativos a los derechos humanos de las personas en razón de la orientación sexual e identidad de género.

Que por su parte, se indicó que el nuevo programa conserva la modalidad pedagógica del curso que reemplaza, con una dinámica interactiva que combina exposiciones teóricas de expertas y expertos en las diferentes problemáticas con una variedad de ejercicios prácticos tendientes a la aplicación de conocimientos en el ámbito de la justicia.

Que tales lineamientos dispuestos por la actual autoridad nacional de aplicación e informados en la mentada Nota, motivó que por Resolución N° 1.817 de fecha 14/06/2022 se aprobara la modificación de los artículos 25 y 59 del Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura, toda vez que tales normas exigían a las y los postulantes el requisito de presentar, con carácter excluyente y al momento de la inscripción a los concursos, la constancia de aprobación del anterior curso actualmente reemplazado. Cabe señalar, que en la referida reforma, se estimó conveniente efectuar una redacción dotada de la suficiente flexibilidad que permita contemplar cualquier otra modificación temática que a futuro la autoridad de aplicación correspondiente incorpore, razón por la cual resulta menester que, por el presente instrumento, se detalle el contenido completo y actualizado de la capacitación obligatoria cuya aprobación se exige para aquellos concursos con llamado a inscripción desde el 1° de septiembre de 2022.

Que por ello,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA,

RESUELVE:

I. TENER POR CUMPLIDO el requisito exigido por el artículo 25 del Reglamento Interno del Consejo, respecto de aquellos concursos cuyos llamados a inscripción sean posteriores al 1º de septiembre de 2022, siempre que las y los postulantes acrediten la aprobación de la capacitación obligatoria en el marco de la Ley Micaela, comprensiva de los siguientes ejes temáticos:

I - Perspectiva de Género. Concepto de género. Normativa sobre igualdad, prohibición de discriminar y derechos de las mujeres. Género y Lenguaje.

II - Violencia de género y deber de debida diligencia. Violencia hacia las mujeres en ración del género. Concepto, tipos y modalidades. Violencia doméstica contra las mujeres. Obligaciones del Estado en materia de debida diligencia.

III - Identidad de género. Conceptos y perspectivas sobre identidad de género, expresión de género y orientación sexual. Marco legal nacional y convencional.

II. PUBLICAR la presente en el Boletín Oficial por un (1) día.

III. REGISTRAR, comunicar y archivar.



Sandra Bonari, PRESIDENTA - María Emilia Carabajal, Graciela Abutt Carol, María del Socorro Villamayor, Gabriel A. Savino,  Jesús Ramón Villa, Rodrigo Martínez Urquiza, Gonzalo Caro Dávalos, Guillermo Adriano Pollioto, CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - Hernán G. Lezaola, SECRETARIO




R. S/C N° 100011306
Orden de Publicación: 100095487
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 01/07/2022

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