RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 29 de Junio de 2022

RESOLUCIÓN N° 468

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 231 - 52.149/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 49/22, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS EN SECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR - SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 689/690, mediante Resolución S.O.P. N° 295/22, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 3.388.679,25 (pesos tres millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y nueve con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 694/695 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 698/699 en el Boletín Oficial, a fs. 703 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 03 de Junio de 2.022 (fs. 708/709), presentaron sus ofertas 6 (seis) empresas: “ROCALU S.A.S.”, “MB CONSTRUCCIONES de Borda Vargas, Miguel”, “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS”, “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, “JUAN PABLO GALLAGHER” y “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido por la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 943/945, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 295/22, la cual recomienda desestimara las ofertas presentadas por las empresas: “JUAN PABLO GALLAGHER” por incumplimiento a los requisitos dispuesto por el artículo 7° incisos. i), j), k), l) y ñ) del P.C.P., y “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° incisos. i), ñ), n), y o) del P.C.P. y recomienda declarar admisibles en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “ROCALU S.A.S.”, “MB CONSTRUCCIONES de Borda Vargas, Miguel”, “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS” e “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodología propuestas y sus equipamientos son suficientes, cumplen con la planilla de datos garantizados respetando las normas de calidad en materiales e insumos, inclusive los equipamientos y artefactos son los correctos para sus aceptaciones, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS”, en la suma de $ 3.704.006,37 (pesos tres millones setecientos cuatro mil seis con 37/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, que representa un 1,64 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 947/958, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 960/961, mediante Dictamen N° 207/22, toma intervención la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 961 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación definitiva del gasto de fs. 677;

Que a fs. 962, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 114/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 49/22, llevado adelante por la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, encomendado por Resolución S.O.P. N° 295/22 para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN SECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR - SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 3.388.679,25 (pesos tres millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y nueve con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas presentadas por las empresas “JUAN PABLO GALLAGHER” y “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS”, “MB CONSTRUCCIONES de Borda Vargas, Miguel”, “ROCALU S.A.S.” e “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS”, CUIT N° 20-29586286­7, la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN SECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR - SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 3.704.006,37 (pesos tres millones setecientos cuatro mil seis con 37/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008057601 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 580 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00005530
Orden de Publicación: 100095524
Importe: $4.242,00
Fecha/s de publicación: 04/07/2022

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