CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



C & V SRL



Por instrumento privado, de fecha 13 de abril de 2022 y adenda de 31 de mayo de 2022 se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada C & V SRL, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle San Martín N° 642, de la localidad de Cafayate.

Socios: Carlos Francisco López, argentino, soltero, nacido el 06 de octubre de 1.976, DNI N° 25.516.012, CUIL N° 20­-25516012-6 y Stella Maris Nuñez, argentina, soltera, nacida el 01 de setiembre de 1.977, DNI N° 28.261.243, CUIT N° 27-28261243-2, ambos con domicilio en calle San Martín N° 642, Cafayate, provincia de Salta y de profesión empresarios.

Plazo de Duración: la sociedad tendrá una duración de 20 años, a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: la sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en cualquier punto de la república o del exterior, a las siguientes operaciones: Industrial: a la explotación de la industria del cemento, y la producción de mezclas de concreto y de cualesquiera otros materiales o artículos a base de cemento, cal o arcilla; la adquisición y la enajenación de minerales o yacimientos de minerales aprovechables en la industria del cemento y sus similares, y de derechos para explorar y explotar minerales de los indicados, ya sea por concesión, privilegio, arrendamiento o cualquier otro título; el establecimiento de fábricas, almacenes, y agencias para la elaboración, almacenamiento, distribución y expendio de sus productos y la adquisición, explotación y enajenación de materias primas, maquinarias y enseres propios para la realización de su objeto social o que tiendan a su desarrollo. La sociedad podrá ocuparse en la adquisición, el transporte, la enajenación y la celebración de toda clase de contratos sobre los productos de la industria del cemento y sobre los objetos a que den lugar las aplicaciones de estos, e igualmente en la adquisición, explotación y enajenación de las materias primas propias para la realización de su objeto social. Lo mismo que actuar como contratista y/o constructor de obras civiles o de otro género, ante cualquier entidad pública o privada. Comercial: mediante la venta por menor y mayor de todo tipo de materiales de y para la construcción, como así también los accesorios necesarios para la construcción lo que incluye productos de ferretería, hierros, aberturas de todo tipo, cerámicos, sanitarios, grifería, pinturas de todo tipo, herramientas de  mano o industriales, etc. Servicios: mediante el transporte de bienes legalmente permitidos. Para la realización de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones que se relacionen con el objeto social.

Capital: el capital social se fija en la suma de pesos dos millones ($ 2.000.000,00) que se divide en 2.000 cuotas iguales de pesos un mil ($ 1.000,00) cada una, totalmente suscriptas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: el señor Carlos Francisco López, 1.400 cuotas, por la suma de pesos un millón cuatrocientos mil ($ 1.400.000,00) e integra en dinero en efectivo y en este acto el 25 % o sea pesos trescientos cincuenta mil ($ 350.000,00) y la señora Stella Maris Nuñez, 600 cuotas, por la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000,00) e integra en dinero en efectivo y en este acto el 25 % o sea pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,00). Los socios se obligan a integrar el saldo restante en efectivo dentro del plazo de dos años computados a partir de la fecha de suscripción de la sociedad.

Administración: la administración, uso de la firma social y representación de la sociedad será ejercida por un socio gerente, designado por el plazo de duración de la sociedad y tendrá todas las facultades para actuar libre y ampliamente en todos los negocios sociales. A estos fines, el gerente podrán comprar, gravar, vender y locar toda clase de bienes muebles e inmuebles; operar con todos los bancos oficiales y privados, realizar operaciones con entes autárquicos o empresas del estado. No puede comprometer a la sociedad en fianza o garantías a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto societario. El gerente debe prestar una garantía consistente en un pagaré no a la orden de la sociedad por la suma de pesos diez mil ($ 10.000,00), que depositarán en la caja de la sociedad y subsistirá hasta la aprobación de su gestión o por renuncia expresa resuelta conforme a los artículos 274 y 275 de la Ley de Sociedades Comerciales. Administrador: la administración será ejercida por el Sr. Carlos Francisco López, argentino, soltero DNI 25.516.012 con domicilio en calle especial San Martín N° 642, de la localidad de Cafayate.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: la sociedad llevará legalmente su contabilidad y preparará anualmente su balance, al día 31 del mes de diciembre de cada año, con el respectivo inventario y memoria.

Fiscalización: prescinde de la sindicatura.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00010494
Orden de Publicación: 100095639
Importe: $2.695,00
Fecha/s de publicación: 06/07/2022

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