POSESIONES VEINTEAÑALES



El Dr. Jose A. López Iriarte - Juez - de la Sala I, Voc. 2 de la CCyC. en el EXPTE C-107559/18 "PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE INMUEBLE: LOPEZ LUCINDA c/ CASASOLA ADRIAN (SUS HEREDEROS) y CONTRA QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO", procede a notificar los siguientes decretos: San Salvador de Jujuy, 10 de mayo de 2019. 1. ... 2. ... 3.... 4. Proveyendo al punto 2 del escrito de fojas 78: de la demanda por Prescripción Adquisitiva de dominio interpuesta, córrase traslado al a los herederos del Sr. Adrián Casasola y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir individualizado como Circunscripción 3, sección 1, parcela 19, manzana 34, padrón B- 6323, matrícula B-4574 ubicado en calle Salta N° 72 barrio Santa Ana, Monterrico, Dpto. El Carmen, para que la contesten dentro del plazo de quince días hábiles, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (art. 298 del CPC y art. 531 del CPC- Conf. Modificación Ley N° 5486/05). 5. A tal efecto publíquese edictos conforme art. 531 y 532, (...). 6. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. Esteban J. Arias Cau - Vocal Habilitado- ante mí Dr. Ignacio Guesalaga-Secretario. San Salvador de Jujuy, 14 de agosto de 2019. 1) Al escrito de fojas 101: atento el informe actuarial que antecede y a lo solicitado por el Dr. Gonzalo Yañez, dese al accionado Adrian Casasola (sus herederos) y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de la presente usucapión, por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra (Conf. art. 298 del CPC). No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente providencia mediante edicto conforme art. 531 y 532 del CPC y las posteriores por Ministerio de Ley (art. 154 del CPC. 2) Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. Esteban Javier Arias Cau -Vocal Habilitado- Ante mí: Dr. Ignacio José Guesalaga -Secretario ///San Salvador de Jujuy, 9 de junio de 2020. 1) Atento al estado de la causa, ordenase la producción de la prueba que no debe producirse en la AUDIENCIA DE VISTA DE CAUSA. I.- DE LA ACTORA (Sra. Lopez Lucinda apoderados Dres. Silvia Giaccopo y Gonzalo Yañez): fs. 07/07 Vta.- A- Instrumental: de la ofrecida en el escrito de demanda y de las constancias de autos, téngase presente y, estese al informe actuarial de fs. 8.- B- Confesional: al no haberse presentado la parte demanda a contestar demanda conf. fojas 102. C Testimonial: cítase a prestar declaración testimonial a los Sres.: Rogelio Guzman, Alicia Ibarra y Roberto Isasmende, quienes deberán concurrir munidos de sus documentos de identidad y bajo apercibimiento de ley en caso de injustificada incomparencia (arts. 334 del CPC y 243 del CP) en la fecha que se fijó para la realización de la AUDIENCIA DE VISTA DE LA CAUSA de la que serán debidamente notificados (art. 155 del CPC). D Inspección ocular: se proveerá oportunamente. E- Pericial: desígnese PERITO TASADOR que por turno corresponda, quienes previa aceptación y recibimiento del cargo en legal forma en el término de CINCO DÍAS deberá realizar la pericia encomendada, en el término de DIEZ DÍAS bajo apercibimiento de ley (art. 352, 353 y cctes. del CPC) a sus efectos líbrese oficio a Secretaría de Superintendencia. (...) 4) Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau -Vocal Habilitado- Ante mí: Ignacio José Guesalaga -Secretario.///San Salvador de Jujuy, 08 de noviembre de 2021. 1) Conforme fuere ordenado en la audiencia de vista de causa celebrada el día 29/10/21, hágase saber al Dr. Gonzalo Rubén Yañez que deberá formalizar una publicación complementaria en edictos referidos al presente expediente en la localidad de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta, tanto en el Boletín Oficial de esa provincia cuanto en un diario de circulación local. Ello deberá ser acreditado en un plazo de sesenta días a contar desde la celebración la audiencia mencionada precedentemente. 2.- (....) 3).- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José A. López Iriarte- Juez- Ante mí: Ignacio José Guesalaga -Secretario. ///SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de abril de 2022. 1) Atento constancias de autos y lo informado por el Juzgado de 1a Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación del Distrito Judicial de Orán a cargo de la Sra. Jueza Dra. Catalina Gallo Pulo a fojas 193, a lo solicitado por el Dr. Gonzalo Yañez a fojas 194, procédase a la notificación de los sucesores del Sr. Adrián Casasola mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial como así también en un diario local de la Provincia de Salta conforme lo dispuesto mediante providencia de fecha 8 de noviembre de 2021 (fs. 183) de la existencia del presente proceso, procediendo a notificar los proveídos de fechas 10 de mayo de 2019 (fs. 79), 14 de agosto de 2019 (fs. 102) y 9 de junio de 2020 (fs. 148). 2) (...) 3) Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José Alejandro López Iriarte-Juez- Ante mí: Dra. Malvina Cecilia Pedrazzani -Prosecretaria-

SAN SALVADOR DE JUJUY,      de Mayo de 2022.



José A. Lopez Iriarte, JUEZ - Ignacio Jose Guesalaga, SECRETARIO




F. N° 0011 - 00010550
Orden de Publicación: 100095749
Importe: $8.190,00
Fecha/s de publicación: 11/07/2022, 13/07/2022, 15/07/2022

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