CONCURSOS CIVILES O PREVENTIVOS



La Dra. Victoria Ambrosini de Coraita (Jueza), del Juzgado de 1a Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de Segunda Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. María Candelaria Zenteno, en los autos caratulados: "LOPEZ, JULIO CESAR S/CONCURSO PREVENTIVO - EXPTE. N° 672.803/19”, hace saber que resuelve: I. TENER POR CUMPLIDO el acuerdo preventivo homologado -resolución de fecha 02/09/21 (Actuación N° 6153774) - atento las razones expuestas en los considerandos y en su mérito, DECLARAR la CONCLUSIÓN del concurso preventivo tramitado en autos, de conformidad con el art. 59 in fine LCQ.

II. ORDENAR el cese de las limitaciones impuestas al concursado conf. arts. 16 y 17 LCQ, así como el LEVANTAMIENTO de la inhibición general de bienes y restricciones de salida del país oportunamente dispuesta. LÍBRENSE oficio, conforme considerandos.

III. DISPONER la comunicación de lo aquí resuelto a los juzgados de la provincia. LÍBRENSE oficios via mail por Secretaría, conforme considerandos.

IV. ORDENAR la publicación de edictos, por un día en el Boletín Oficial, conforme considerandos, la que estará a cargo del concursado, que deberá presentar proyecto de edictos para la firma, en forma digital vía SED y en formato PDF en el plazo de cinco días y acreditar la publicación dentro de los tres días y acreditar la publicación dentro de los tres días de cumplida, todo bajo apercibimiento de ley.

Fdo.: Dra. Victoria Ambrosini de Coraita (Jueza); Dra. María Candelaria Zenteno (Secretaria).

SALTA, 9 de Agosto de 2022.



Dra. Victoria Ambrosini de Coraita, JUEZA - Dra. María Candelaria Zenteno, SECRETARIA




F. N° 0011 - 00010978
Orden de Publicación: 100096713
Importe: $980,00
Fecha/s de publicación: 16/08/2022

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