RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 18 de Julio de 2022

RESOLUCIÓN N° 518

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 191.965/21- 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 42/22, para la contratación de la obra “EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y PAVIMENTO ARTICULADO - LOCALIDAD DE LOS TOLDOS - DPTO. SANTA VICTORIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 119/120, mediante Resolución S.O.P. N° 225/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 19.361.358,81 (pesos diecinueve millones trescientos sesenta y un mil trescientos cincuenta y ocho con 81/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 124/153, mediante Resolución N° 59/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 159 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 158 en el Boletín Oficial, a fs. 160 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 03 de Mayo de 2.022 (fs. 185/186), presenta su única oferta la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido en la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 217/218, rola el primer informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 59/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual, atento que el oferente cotiza valores superiores a los previstos en el presupuesto oficial solicita a la empresa una mejora de oferta, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13, 5° párrafo de la Ley Nº 8.072;

Que a fs. 221/224, la empresa ROJO CONSTRUCTORA S.R.L., presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de propuesta, cómputo y presupuestos y análisis de precios correspondientes;

Que a fs. 231/233, rola el segundo informe de la Comisión de Preadjudicación, quien recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales a la oferta mejorada presentada por la empresa ROJO CONSTRUCTORA S.R.L., pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, verifica técnicamente lo requerido en los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, cumple con la planillas de Datos Garantizados, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a su cotización de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, en la suma de $ 30.273.431,02 (pesos treinta millones doscientos setenta y tres mil cuatrocientos treinta y uno con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, que representa un 29,97 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 242/243, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 246 vta. y 247, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación de fs. 109 y realiza nueva imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 248/257, obra informe emitido por la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P. en la cual manifiesta que la oferta resulta superior al presupuesto oficial actualizado en un 4,16%, atento que el valor que corresponde al mes de marzo 2022, que asciende a la suma de $ 29.064.158,57 (pesos veintinueve millones sesenta y cuatro mil ciento cincuenta y ocho con 57/100), es el se debiera de utilizarse para determinar el porcentaje de aumento o disminución de la oferta;

Que a fs. 258/259, mediante Dictamen N° 220/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas de la S.O.P., toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 260, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 116/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 42/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 225/22, para la ejecución de la obra “EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y PAVIMENTO ARTICULADO - LOCALIDAD DE LOS TOLDOS - DPTO. SANTA VICTORIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 19.361.358,81 (pesos diecinueve millones trescientos sesenta y un mil trescientos cincuenta y ocho con 81/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible la oferta de la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, CUIT N° 33-71432440-9, la ejecución de la obra “EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y PAVIMENTO ARTICULADO - LOCALIDAD DE LOS TOLDOS - DPTO. SANTA VICTORIA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 30.273.431,02 (pesos treinta millones doscientos setenta y tres mil cuatrocientos treinta y uno con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 19.361.358,81 al Curso de Acción: 092007159801 - Financiamiento: A.E. Argentina Hace (299) - Proyecto: 946 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022, y la suma de $ 10.912.072,21 al Curso de Acción: 092007162001 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 586 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 7°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00005710
Orden de Publicación: 100096081
Importe: $4.792,00
Fecha/s de publicación: 22/07/2022

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