RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 18 de Julio de 2022

RESOLUCIÓN N° 90

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente N° 267 - 52762/21- 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Licitación Pública N° 13/22, para la contratación de la obra “REDES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA VALLE DE LURACATAO - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 840/842, mediante Resolución N° 32/22 del Ministerio de Infraestructura, se dispone el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 1.050.163.656,16 (pesos un mil cincuenta millones ciento sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y seis con 16/100) IVA incluido a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, con un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 848/947, mediante Resolución N° 48/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Licitación Pública para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 954 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Licitación Pública en un diario de circulación local y a fs. 955 en el Boletín Oficial, a fs. 956 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 22 de Abril de 2.022 (fs. 975/976), presenta su única oferta la empresa “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido por la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 1338/1339, rola el primer informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 48/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta de la empresa “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.”;

Que sin perjuicio de lo expresado, a fs. 1340 la Comisión Evaluadora, solicita una mejora de las condiciones de su oferta a la empresa “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.”, en razón de que se advierte que el oferente cotiza algunos valores superiores a los previstos en el presupuesto oficial, ello en el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.072;

Que en consecuencia, a fs. 1342/1507, la empresa “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.”, presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de prepuesta, la planilla de cómputo y presupuesto y el análisis de precios correspondiente;

Que a fs. 11508/1510, rola un segundo informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 48/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual informa que habiéndose detectado algunos errores en la planilla de cómputos del oferente, (fs. 984), respecto del cálculo del impuesto a las actividades económicas, ya que el porcentaje de dicho tributo se aplicó sobre el monto del I.V.A., y no sobre el Subtotal 1, lo que generó un equívoco en la suma total cotizada, el oferente en forma espontánea subsana dicha incorrección (fs. 1334/1337) presentando la documentación pertinente que así lo refleja, sin alterar el monto total cotizado, razón por la cual procede al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que la oferta mejorada resulta admisible, verifica técnicamente lo requerido en los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, su plan de trabajos y metodología propuesta son coherentes y la oferta respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.”, en la suma de $ 1.475.244.713,67 (pesos un mil cuatrocientos setenta y cinco millones doscientos cuarenta y cuatro mil setecientos trece con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2.022, que representa un 29,99 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 1511/1512, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 1516/1517 rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 1518/1519 vta., mediante Dictamen N° 305/22, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 1520, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 117/22;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Licitación Pública N° 13/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución N° 32/22 del Ministerio de Infraestructura, para la ejecución de la obra “REDES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA VALLE DE LURACATAO - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 1.050.163.656,16 (pesos un mil cincuenta millones ciento sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y seis con 16/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, con un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.”, CUIT N° 30-71120945­6, la ejecución de la obra “REDES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA VALLE DE LURACATAO - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 1.425.170.400,03 (pesos un mil cuatrocientos veinticinco millones ciento setenta mil cuatrocientos con 03/100) IVA incluido, con un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 266.000.000,00 al Curso de Acción: 092008026502 - Financiamiento: FEDEI (20913) - Proyecto: 816 - Unidad Geográfica: 119 - Ejercicio: 2.022 y la suma de $ 655.000.000,00 al Curso de Acción: 092008026503 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 1011 - Unidad Geográfica: 119 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas, en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2023, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 del Decreto Ley N° 705/1.957.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.

Camacho




F. V/C N° 0012 - 00005711
Orden de Publicación: 100096083
Importe: $5.009,00
Fecha/s de publicación: 22/07/2022

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