RESOLUCIONES



SALTA, 28 de Julio de 2.022

RESOLUCIÓN N° 539

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 38.583/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 48/22, para la contratación de la obra “CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA LA REALIZACIÓN DE LA MENSURA PARA LA LIBERACIÓN DE LA TRAZA PARA LA EJECUCIÓN DEL CANAL DE DESAGÜE PLUVIAL RUTA NACIONAL N° 68 - TRAMO CERRILLOS - EL CARRIL - LOCALIDADES CERRILLOS, LA MERCED Y EL CARRIL - DPTOS. CERRILLOS Y CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 53/55, mediante Resolución S.O.P. N° 292/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 8.435.420,00 (pesos ocho millones cuatrocientos treinta y cinco mil cuatrocientos veinte con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 59/60 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 61 en el Boletín Oficial, a fs. 58 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de Mayo de 2.022 (fs. 66), presenta su única oferta la empresa: “PASCHA S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido por la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 121/122, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 292/22, la cual recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “PASCHA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el Anexo I de los Términos de Referencia para la Contratación;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible PASCHA S.R.L. contiene un precio razonable, verifica técnicamente con lo solicitado en los pliegos, cumple con los componentes legales, tiene experiencia en tareas generales de consultoría y en ejecución de obras similares, ejecutadas por su cuenta o subcontratadas, estando en condiciones de cumplir con el objeto del llamado;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “PASCHA S.R.L”, en la suma de $ 8.800.000,00 (pesos ocho millones ochocientos mil con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, que representa un 1,81 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el Anexo I del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 123, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 125, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 126/127, mediante Dictamen N° 232/22, toma intervención la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 128, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 119/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 48/22, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, encomendado por Resolución S.O.P. N° 292/22 y su rectificatoria N° 375/22 para la ejecución de la obra “CONTRATACION DE CONSULTORÍA PARA LA REALIZACIÓN DE LA MENSURA PARA LA LIBERACIÓN DE LA TRAZA PARA LA EJECUCIÓN DEL CANAL DE DESAGÜE PLUVIAL RUTA NACIONAL N° 68 - TRAMO CERRILLOS - EL CARRIL - LOCALIDADES CERRILLOS, LA MERCED Y EL CARRIL - DPTOS. CERRILLOS Y CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 8.435.420,00 (pesos ocho millones cuatrocientos treinta y cinco mil cuatrocientos veinte) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “PASCHA S.R.L.,”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “PASCHA S.R.L.”, CUIT N° 30-71122937-6, la ejecución de la obra “CONTRATACION DE CONSULTORÍA PARA LA REALIZACIÓN DE LA MENSURA PARA LA LIBERACIÓN DE LA TRAZA PARA LA EJECUCIÓN DEL CANAL DE DESAGÜE PLUVIAL RUTA NACIONAL N° 68 - TRAMO CERRILLOS - EL CARRIL - LOCALIDADES CERRILLOS, LA MERCED Y EL CARRIL - DPTOS. CERRILLOS Y CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA” por un monto de $ 8.800.000,00 (pesos ocho millones ochocientos mil con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos en el Anexo I de los Términos de Referencia para la Contratación.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Consultoría con la empresa “PASCHA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 622 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 7°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00005839
Orden de Publicación: 100096370
Importe: $3.745,00
Fecha/s de publicación: 03/08/2022

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