CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



URBANA CONSTRUCTORA SAS



Por instrumento privado, de fecha 08 de febrero del 2022 se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada URBANA CONSTRUCTORA SAS, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Mar Báltico N° 1.345.

Socios: Jorge Mario Emiliano Durand, DNI N° 25.069.719, CUIT N° 20-25069719-9, de nacionalidad argentina, nacido el 14 de enero de 1976, profesión: abogado, estado civil: casado en primeras nupcias con Irene Soler Carmona, con domicilio en la calle Arenales N° 970, Villa San Lorenzo, Salta; Marcos Javier Illesca, DNI N° 25.411.353, CUIT N° 20­-25411353-1, de nacionalidad argentina, nacido el 09 de julio de 1976, profesión: abogado, estado civil: soltero, con domicilio en la calle Alsina N° 171, 3° piso, departamento "C", Salta; Juan Manuel Chalabe, DNI N° 32.347.649, CUIT N° 20-32347649-8, de nacionalidad argentina, nacido el 13 de agosto de 1986, profesión: licenciado en ciencias de la comunicación, estado civil: divorciado con domicilio en la calle Córdoba N° 375, Salta; y Marina Soler Carmona, DNI N° 24.453.237, CUIT N° 27-24453237-9, de nacionalidad argentina, nacida el 12 de marzo de 1975, profesión: empresaria, estado civil: casada en primeras nupcias con Alfredo Augusto Brito, con domicilio en la calle Talavera N° 45, Dpto. N° 10, monoblock "D", Salta.

Plazo de Duración: 99 años.

Objeto: la sociedad tiene por objeto prestar y realizar por cuenta propia, por cuenta de terceros o asociada a terceros; en el país o en el extranjero; lo siguiente: la construcción de edificaciones en terrenos propios y/o ajenos, el diseño, la dirección, ejecución y administración de obras de ingeniería y/o arquitectura, sean civiles, metalúrgicas, viales, hidráulicas, eléctricas, urbanizaciones, loteos, plantas industriales y toda clase de inmuebles, obras y/o edificios, sea o no bajo el régimen de propiedad horizontal o de cualquier otra ley especial o que en el futuro se dicte, sea por contratación directa y/o por licitaciones incluyendo la construcción y/ refacción total y/o parcial y/o demolición de inmuebles o edificios, quedando comprendidas todas las tareas complementarias como instalaciones sanitarias, de gas, eléctricas, cerramientos y pinturas. Para el cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y/o contratos que se relacionen directamente con su objeto y que no sean expresamente prohibidos por las leyes y/o este estatuto. Podrá comprar, vender, fabricar, elaborar, exportar, importar, permutar, explotar, construir, locar, administrar, ejercer mandatos y representaciones; dar en embargo, hipotecar o constituir cualquier otro derecho real sobre bienes muebles o inmuebles; podrá actuar ante las entidades financieras privadas, oficiales o mixtas, con las que podrá realizar todo tipo de operaciones financieras; podrá conceder con fondos propios, préstamos o financiaciones de cualquier modalidad o denominación, con o sin garantía, de las maneras previstas en la legislación vigente; podrá realizar aportes de capital a empresas, celebrar contratos de colaboración empresaria, contratos de leasing, constituir fideicomisos, negociar títulos, acciones y otros valores mobiliarios, exceptuándose expresamente las establecidas en la Ley de Entidades Financieras; no siendo la precedente enumeración taxativa sino simplemente enunciativa.

Capital: $ 600.000, dividido por 600.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 y un voto cada una, suscriptas por (a) Jorge Mario Emiliano Durand, suscribe la cantidad de 150.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. (b) Marcos Javier Illesca, suscribe la cantidad de 150.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. (c) Juan Manuel Chalabe, suscribe la cantidad de 150.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. (d) Marina Soler Carmona, suscribe la cantidad de 150.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital se integra en dinero en efectivo en un 25 %.

Administración: administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Administradores: designar como administrador titular a Marina Soler Carmona, DNI N° 24.453.237, CUIT N° 27-24453237-9, constituyendo domicilio especial en Mar Báltico, número 1.345 de la ciudad de Salta provincia de Salta. Designar como administrador suplente a Marcos Javier Illesca, DNI N° 25.411.353, CUIT N° 20-25411353-1, constituyendo domicilio especial en Mar Báltico, número 1.345 de la ciudad de Salta provincia de Salta.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 30 de septiembre.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00011339
Orden de Publicación: 100097508
Importe: $2.695,00
Fecha/s de publicación: 19/09/2022

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