EDICTOS JUDICIALES



San Salvador de Jujuy, 07 de septiembre de 2022. Ref. Expte. Nº C-169292/2020 caratulado: "DAÑOS Y PERJUICIOS: TAPIA, AXEL GUSTAVO ALBINO Y OTROS C/ACOSTA, JORGE LUIS Y PARANA SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS".

CÁMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - VOCALÍA 2, a cargo del Dr. JOSE ALEJANDRO LOPEZ IRIARTE, Secretaría a cargo de la Dra. Camila Mammana, del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy sito en calle Argañaraz esquina Independencia, de la provincia de Jujuy, en los autos Expte. Nº C-169292/20 Caratulado: “DAÑOS Y PERJUICIOS: TAPIA LAURA DEL CARMEN; TAPIA AXEL GUSTAVO ALBINO; OTROS C/ACOSTA JORGE LUIS; PARANA SA DE SEGUROS”, tramitado en esta Secretaría comunica al Sr. ACOSTA JORGE LUIS que se ha dictado el siguiente PROVEÍDO: “/// 10 de Diciembre de 2020. 1) Téngase por presentado el Dr. Osvaldo Rubén González en representación de ALEX GUSTAVO ALBINO TAPIA, LAURA CARMEN DEL VALLE TAPIA, CAMILA NICOLE TAPIA, Y DALMA STELLA MARIS GUTIERREZ a mérito de la copia de poder general para juicios que acompaña y por constituido domicilio legal. 2) De la demanda Ordinaria por daños y perjuicios en contra de JORGE LUIS ACOSTA córrase traslado en el domicilio denunciado y con la copias respectivas de la demanda para que la conteste en el plazo de QUINCE DÍAS (15), con más DOS DÍAS (2) en razón de la distancia bajo apercibimiento de tenérsela por contestada en los términos del art. 298 del CPC e intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de que si así no hiciera se lo notificará mediante Ministerio de Ley, (art. 2,54 y 154 del CPC).- 3) Proveyendo al punto II) cítese como tercero a PARANA SECIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS, debiéndose correr traslado a la misma , por el término de QUINCE DÍAS (15) con más una ampliación de DIECINUEVE DÍAS (19) en razón de la distancia; para que la conteste bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 298 del CPC e intímeselo para que en igual plazo constituya domicilio legal en el radio de tres kilómetros del asiento del Tribunal bajo apercibimiento de mandar notificar en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- 4)… 5) A los fines de la notificación a los demandados líbrese carta documento, facultándose para su diligenciamiento al Dr. González y/o quien esta designe.6).-…7) Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Norma Amalia JIMENEZ -Vocal Habilitada- Ante mí: Dra. Malvina Cecilia PEDRAZZANI -Prosecretaria.

Publíquese, Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta y en un diario de circulación de la provincia de Salta por TRES veces en CINCO DÍAS (art. 162 del CPC).

Facúltese al Dr. OSVALDO RUBÉN GONZÁLEZ y/o a la persona que la misma designe para correr con el diligenciamiento del mismo.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Septiembre de 2022.



Dra. Camila Mammana, SECRETARIA DE PRIMERA INSTANCIA




F. N° 0011 - 00011869
Orden de Publicación: 100098557
Importe: $1.575,00
Fecha/s de publicación: 26/10/2022

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