RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 01 de Noviembre de 2022

MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA

RESOLUCIÓN N° 21.608

VISTAS:

Las Actuaciones N° 1.198/22 caratuladas: "Feria Judicial de Enero 2023"; y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Judicial de la Provincia de Salta fijó el período que comprende la Feria Judicial de Enero de 2023 y la distribución de quincenas y semanas que integran dicho período.

Que a los fines de facilitar la organización de las dependencias del Ministerio Público corresponde emitir el instrumento legal, adoptando idéntico criterio.

POR ELLO;

EL COLEGIO DE GOBIERNO,

RESUELVE:

1. ESTABLECER como período de Feria Judicial, el comprendido entre la cero (00:00) hora del día 1ro. de enero y las veinticuatro (24:00) horas del día 31 de enero de 2023.

2. DEJAR ESTABLECIDO que el período de la feria para las dependencias del Fuero Penal, Fuero Civil, de Personas y Familia, Violencia Familiar y de Género y Cuerpo de Investigaciones Fiscales que estuviesen de turno se desagrega del siguiente modo:

Primera quincena se fija en el período comprendido entre la cero (00:00) hora del día 1ro. de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 15 de enero de 2023;

Segunda quincena comprenderá desde la cero (00:00) hora del día 16 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 31 de enero de 2023;

a)
Primera semana desde la cero (00:00) hora del día 1ro. de enero hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 8 de enero de 2023;

b)
Segunda semana desde la cero (00:00) hora del día 9 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 15 de enero de 2023;

c)
Tercera semana desde la cero (00:00) hora del día 16 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 22 de enero de 2023;

d)
Cuarta semana desde la cero (00:00) hora del día 23 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 31 de enero de 2023.

3. DEJAR ESTABLECIDO que el período de la feria para el resto de las dependencias judiciales no comprendidas en el punto que antecede, se desagrega del siguiente modo;

Primera quincena comprende del 02 al 13 de enero de 2023;

Segunda quincena comprende del 16 al 31 de enero de 2023;

a)
Primera semana desde el 02 al 06 de enero de 2023;

b)
Segunda semana desde el 09 al 13 de enero de 2023;

c)
Tercera semana desde el 16 al 20 de enero de 2023;

d)
Cuarta semana desde el 23 al 31 de enero de 2023.

4. DISPONER que durante la Feria Judicial el horario matutino será de 9.00 a 13.00 horas, y vespertino de 14.00 a 18.00 y para quienes integren el escalafón de Servicios Generales el horario matutino será de 8.3 0 a 13.10 y vespertino de 13.30 a 18.10.

5. DISPONER que durante el período de Feria Judicial no rige la tolerancia de diez (10) minutos para el horario de ingreso.

6. REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese y archívese.



Dra. Mirta Lapad, ASESORA GENERAL DE INCAPACES - PRESIDENTA DEL COLEGIO DE GOBIERNO - Dr. Pedro Garcia Castiella, PROCURADOR GENERAL DE LA PROVINCIA - Dr. Martín Diez Villa, DEFENSOR GENERAL - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO




R. S/C N° 100011537
Orden de Publicación: 100098942
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 08/11/2022

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