RESOLUCIONES



SALTA, 4 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN N° 817

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 47 - 175.978/19 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 77/22, para la contratación de la obra “INSTALACIÓN ELÉCTRICA PARA NUEVOS EQUIPOS DE AIRES ACONDICIONADOS EN EL COLEGIO N° 5.033 ERNESTO M. ARAOZ - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 72/100, mediante Resolución S.O.P. N° 556/22, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 2.360.713,32 (pesos dos millones trescientos sesenta mil setecientos trece con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Obras Municipales a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 102/103 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 106/107 en el Boletín Oficial, a fs. 114 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 26 de Septiembre de 2.022 (fs. 117/118), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.” y “OR-BLAC”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 180/182, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 556/22, la cual recomienda desestimar a la oferta presentada por la empresa “OR-BLAC”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo y 7° incisos. i), j), l), ñ) y o) del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres
respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, en la suma de $ 2.767.200,07 (pesos dos millones setecientos sesenta y siete mil doscientos con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2022, que representa un 15,98 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 183/184, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 187/188, mediante Dictamen N° 461/22, toma intervención la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 188 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura ratifica la imputación del gasto de fs. 58;

Que a fs. 189, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 157/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 77/22, llevado adelante por la Dirección de Obras Municipales, encomendado por Resolución S.O.P. N° 556/22, para la ejecución de la obra “INSTALACIÓN ELÉCTRICA PARA NUEVOS EQUIPOS DE AIRES ACONDICIONADOS EN EL COLEGIO N° 5.033 ERNESTO M. ARAOZ - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.360.713,32 (pesos dos millones trescientos sesenta mil setecientos trece con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “OR-BLAC”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, CUIT N° 30-71574490-9, la ejecución de la obra “INSTALACIÓN ELÉCTRICA PARA NUEVOS EQUIPOS DE AIRES ACONDICIONADOS EN EL COLEGIO N° 5.033 ERNESTO M. ARAOZ - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 2.767.200,07 (pesos dos millones setecientos sesenta y siete mil doscientos con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 2.360.713,32 al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00006601
Orden de Publicación: 100098952
Importe: $4.081,00
Fecha/s de publicación: 09/11/2022

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