EDICTOS JUDICIALES



El Dr. Lopez Iriarte, José Alejandro, Vocal de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial y Presidente de Trámite en el Expediente: C-169123/20 - Cámara en lo Civil y Comercial - Sala I - Vocalía 2 - ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR - SANTOS, TATIANA ARACELI C/CINADI CIRCULO NACIONAL DE INVERSORES” ordena por esta medio notificar a la firma NORPLAN S.R.L. del siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 16 de diciembre de 2020. 1) Téngase por presentado la Sra. TATIANA ARACELI SANTOS con el patrocinio letrado del Dr. Luis Marcelo Ugarte y por constituido domicilio legal. 2) Atenta la situación de emergencia sanitaria que atraviesas la provincia y que es de público conocimiento conforme las facultades otorgadas por Acordada 85/20 art. 5 del S.T.J. córrase TRASLADO de la demanda a CINADI - CIRCULO NACIONAL DE INVERSORES e intímese a los accionados a contestar la misma en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILIES, con más una ampliación de DOS DÍAS en razón de la distancia bajo apercibimiento de tener por ciertos los hechos expuestos en la demanda bajo apercibimiento de lo dispuesto en la Ley N° 4141. 3) Atento la naturaleza de la presente causa, desígnase en autos al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes, como Agente Fiscal. 4) Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. 5) Atento el informe que antecede, intímese al letrado en el plazo de CINCO DÍAS a acreditar los originales de la documentación mencionada o fotocopia certificada de la misma a fin de acreditar el derecho patrimonial. Asimismo y en igual plazo intímese al pago de los aportes previsional (inc. c y d) Art. 22 Ley Nº 4764 bajo apercibimiento de aplicar una multa de pesos cien $ 100 por cada día de mora y lo que dispone el art. 19 de la L.O.P.J. 6) A los fines de la notificación a la demandada será la misma a cargo del Dr. Ugarte quien deberá confeccionar las diligencia y presentarla para control y firma ante Secretaria, conforme el Art. 72 del CP. 7) Notifíquese por cédula. Fdo.: Dra. Norma Amalia Jiménez -vocal habilitado-. Ante mí: Ignacio Guesalaga -secretario-.” OTRA RESOLUCIÓN: “San Salvador de Jujuy, 04 de marzo de 2022. 1) Proveyendo al escrito de fojas 52: de la aclaratoria interpuesta en contra del proveído de fecha 11 de febrero de 2022 por parte del Dr. Silvio COURTADE, atento el informe actuarial que antecede y de constancias de fojas 44 vta., hágase lugar, en consecuencia, proveyendo al escrito de fojas 49: por ampliada la demanda por parte de la Sra. Tatiana Araceli SANTOS con el patrocinio letrado del Dr. Silvio COURTADE, en consecuencia, procédase a notificar mediante carta documento lo dispuesto en la presente y en el proveído de fecha 16 de diciembre de 2020 (fs. 16), imponiéndose la carga de confección y diligenciamiento al Dr. COURTADE, debiendo en el plazo de cinco días de retirada, acreditar el diligenciamiento, bajo apercibimiento de ley. 2) Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. José Alejando López Iriarte -Juez- Ante mí: Dr. Ignacio José Guesalaga -Secretario.” -y "San Salvador de Jujuy, 12 de agosto de 2022. 1) Proveyendo al escrito digital N° 325852 presentado por el Dr. SILVIO GERMÁN COURTADE con fecha de cargo el día 9 de agosto de 2022: al decaimiento de derecho solicitado y atento haberse practicado la diligencia en el domicilio de la razón social informado por la Subsecretaria de Inspección General de Personas Jurídicas de Salta, atento a que el Correo Argentino informa que la CD no fue notificada (motivo: se mudó) conforme surge del TRÁMITE PROCESAL: "Agréguese con conocimiento de partes RECIBO DE CARTA DOCUMENTO" publicado en fecha 11 de agosto de 2022 por Secretaría, ordénese la publicación de Edictos en la provincia de Salta en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS. 2) Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C. impónese al letrado la carga de confeccionar la diligencia colaborativas correspondiente para su posterior control y firma digital por Secretaría. 3) Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. José LOPEZ IRIARTE -Juez- ante mí Dra. Malvina Pedrazzani -Prosecretaria-".

Publíquense Edictos en la Provincia de Salta en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de Agosto de 2022.



Dr. José Alejandro Lopez Iriarte, JUEZ- Dra. Malvina Cecilia  Pedrazzani, PROSECRETARIA




F. N° 0011 - 00011643
Orden de Publicación: 100098099
Importe: $4.830,00
Fecha/s de publicación: 11/10/2022, 13/10/2022, 17/10/2022

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