RESOLUCIONES



SALTA, 24 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN N° 899

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 86.262/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 96/22, para la contratación de la obra “HABILITACIÓN DEL POZO COMUNIDAD LA BENDICIÓN E IMPULSIÓN A SALVADOR MAZZA -1a ETAPA - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 112/113, mediante Resolución S.O.P. N° 599/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 32.882.762,63 (pesos treinta y dos millones ochocientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y dos con 63/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 115/160, mediante Resolución N° 122/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 162 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 163 en el Boletín Oficial, a fs. 161 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 13 de Octubre de 2.022 (fs. 161/162), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.” y “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 341/343, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 122/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, por no presentar Original o fotocopia autenticada del Certificado de Capacidad vigente otorgado por el Subprograma de Contratistas de Obras Públicas de la U.C.C., previsto en el artículo 7° inc. j) del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, verifica técnicamente con lo requerido en los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y su equipamiento es suficiente, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a su cotización de la mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, en la suma de $ 55.892.147,31 (pesos cincuenta y cinco millones ochocientos noventa y dos mil ciento cuarenta y siete con 31/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, que representa un 28,30 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 344/347, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que sin perjuicio de lo expuesto, a fs. 357/358, el Secretario de Obras Públicas, solicita una mejora de las condiciones de oferta a la empresa preadjudicataria, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13, 5° y 6° párrafos de la Ley 8.072;

Que a fs. 362/400, la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de propuesta, la planilla de cómputo y presupuesto y el análisis de precios correspondiente;

Que a fs. 403/404, rola el informe Técnico de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, el cual manifiesta que no se encuentran observaciones a la mejora y que la misma se efectuó sólo sobre una merma del 2 % en los gastos generales. En consecuencia y contando a la fecha con los valores del INDEC al mes de septiembre del año 2.022 (la apertura de sobres se realizó el día 13/10/2022), quedando la misma en la suma de $ 55.011.956,01 (pesos cincuenta y cinco millones once mil novecientos cincuenta y seis con 01/100), la oferta supera el presupuesto oficial actualizado en un 12,42 %;

Que a fs. 406/407, mediante Dictamen N° 486/22, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 407 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación del gasto correspondiente de fs. 105;

Que a fs. 408, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 165/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5, inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 96/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 599/22, para la ejecución de la obra “HABILITACIÓN DEL POZO COMUNIDAD LA BENDICIÓN E IMPULSIÓN A SALVADOR MAZZA 1a ETAPA - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 32.882.762,63 (pesos treinta y dos millones ochocientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y dos con 63/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, CUIT N° 33-71432440-9, la ejecución de la obra “HABILITACIÓN DEL POZO COMUNIDAD LA BENDICIÓN E IMPULSIÓN A SALVADOR MAZZA 1a ETAPA - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 55.011.956,01 (pesos cincuenta y cinco millones once mil novecientos cincuenta y seis con 01/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $  32.882.762,63 al Curso de Acción: 092038009401 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 1013 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.022.

ARTICULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00006810
Orden de Publicación: 100099627
Importe: $5.068,00
Fecha/s de publicación: 01/12/2022

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